Resolución N° 2/SSSCOP/22

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición26 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 2/SSSCOP/22
Buenos Aires, 24 de enero de 2022
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Código Penal de
la Nación las Leyes Nro. 24.192, 1.472 y sus modificatorias, 5.688, 5.847 y 6.292
(textos consolidados según Ley N° 6.347), los Decretos Nro. 178/2019, 271/2021 y
410/21, el Expediente Electrónico Nº EX-2022-04979651- - GCABA-CSFCABA y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece que el
Gobierno de la Ciudad coadyuva a la seguridad ciudadana desarrollando estrategias y
políticas multidisciplinarias de prevención del delito y la violencia;
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre otros, al Ministerio de Justicia y
Seguridad;
Que, entre las atribuciones del Ministerio de Justicia y Seguridad previstas por el
artículo 18° de la citada Ley, se encuentran las de elaborar, implementar y evaluar las
políticas y estrategias de seguridad pública, dirigir y controlar el sistema de prevención
de la violencia y el delito, en la formulación, implementación y evaluación de las
estrategias de prevención, y ejercer la dirección específica y coordinación de las
fuerzas policiales a través de las dependencias que determine su estructura;
Que, por otra parte, la Ley N° 5.688 estableció las bases jurídicas e institucionales
fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función, organización,
dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales
para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de
seguridad pública;
Que la norma citada en el párrafo precedente, establece que la seguridad pública
implica la acción coordinada y la interacción permanente entre las personas y las
instituciones del sistema democrático, representativo y republicano, particularmente,
los organismos componentes del mencionado Sistema Integral de Seguridad Pública
de la Ciudad;
Que, en ese sentido, la Ley N° 5.688 dispone que el Estado de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires debe arbitrar los medios para salvaguardar la libertad, la integridad y
derechos de las personas, así como preservar el orden público, implementando
políticas públicas tendientes a asegurar la convivencia y fortalecer la cohesión social,
dentro del estado de derecho, posibilitando el goce y pleno ejercicio, por parte de las
personas, de las libertades, derechos y garantías constitucionalmente consagrados;
Que, asimismo, el artículo 5° del citado texto legal determina que el Ministerio de
Justicia y Seguridad, es el organismo encargado de elaborar los lineamientos
generales en materia de seguridad, tendientes a llevar a cabo el diseño de las
acciones preventivas necesarias y las tareas de control;
Que, por su parte, mediante la sanción de la Ley N° 5.847 se establecieron las bases
jurídicas e institucionales correspondientes, al "Régimen Integral para Eventos
Futbolísticos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", cuya finalidad contempla,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6305 - 26/01/2022

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