Resolución N° 2/SSGU/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición19 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 2/SSGU/21
Buenos Aires, 12 de mayo de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
(Decreto Nº 1510/97), El Código de la Edificación (Ley N° 962), la Resolución Nº
483/GCABA/SJYSU/2004, los Decretos Nº 138/21, Nº151/2021, los Expedientes
Electrónicos EX-2018-32771178-MGE YA-DGROC, y
CONSIDERANDO:
Que a través de los presentes actuados, Expediente Electrónico EX-2018-32771178-
MGEYA -DGROC, se ha presentado documentación para registrar “Regularización de
obras en contravención” para el inmueble sito en Dr. Juan Felipe Aranguren N° 459-61
UF N° 1 y 2 de esta Ciudad (Nomenclatura Catastral: Circ. 007 Secc. 045 Manz. 097
Parc. 025);
Que se trata de una modificación y ampliación conformada por un total de 19,30m 2 ,
los cuales fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria (P. Baja: paso, cocina,
lavadero y sector toilette; P. Alta: sector dormitorio), según surge del cotejo entre el
plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas
s/Nº de Orden 8 (PLANO-2018-32771174-DGROC) y los planos presentados para
regularizar la situación s/ Nº de Orden 128 (PLANO-2021-04261943-GCABA-
DGROC), con destino Vivienda Multifamiliar;
Que obran s/Nº de Orden 22 (RE-2019-02023261-DGROC) la Memoria e Informe
Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene
en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada al presupuesto establecido en el
LIBRO CUARTO DERECHOS REALES, Título V del Código Civil y Comercial de la
Nación; según consta en Nº de Orden 23 (IF-2019-02023296-DGROC);
Que según Nº de orden 133 (IF-2021-04578428-GCABA-DGROC), la Gerencia
Operativa de Liquidaciones, Programación, Verificación y Control, perteneciente a la
Dirección General de Registro de Obras y Catastro, detectó una diferencia en los
Derechos de Delineación y Construcción abonados y emitió boleta; según Nº de orden
143 (IF-2021-04762508-GCABA-DGROC) el profesional actuante agregó comprobante
de pago de la misma;
Que la Dirección General de Registro de Obras y Catastro a través de Informe IF-
2021-11588544-GCABA-DGROC (n° de orden 151) expresó: “La superficie no
reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. “Trabajos que requieren
permiso de obra”, 4.6.4.0 “Iluminación y ventilación natural de los locales” y 4.7.1.9
“Ancho mínimo de circulación interna en vivienda permanente” todos del Código de la
Edificación y el Artículo 5.4.1.4. “Distrito R2b c) R2bIII Disposiciones particulares
inciso d) FOT máximo” del Código de Planeamiento Urbano, según surge de Nº de
Orden 146 (IF-2021-08570547-GCABA-DGROC); observándose que la misma
encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. “Obras en contravención” del Código de
la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607) y Resolución Nº
483/GCABA/SJYSU/2004.”;
Que la Gerencia Operativa de Registro de Obras mediante IF-2021-10239041-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6174 - 19/07/2021

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