Resolucion Nº 2.494

EmisorDir. Personas Juridicas
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2014

RESOLUCION Nº 2.494

Mendoza, 10 de setiembre del 2014-

Visto: La pieza administrativa Nro. 61-U-2014-00917, caratulados "Unión Vecinal General Espejo de San Martín s/Se Convoque de Oficio a Asamblea para Renovar Autoridades", como también las disposiciones contenidas en la Ley 5069 y 3909;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 11 de estas actuaciones obra dictamen de 10asesoría legal informando que a fs. 1/10 se presentan un grupo de personas en calidad de socios solicitando convocatoria de oficio para regularizar la entidad. Que previo al trámite de regularización de la entidad y atento al estado de la misma, deberá emplazarse a la entidad por el término de 20 días al domicilio social a los efectos

de regularizar de la entidad en el legajo de este organismo bajo apercibimiento de ley.

Que a fs. 13, 15/16 obra cédulas de notificación de correo e informe del sector de notificaciones que habiendo intentado notificar

el informe de correo argentino dice Desconocido.

A fs. 18

Asesoría Legal emite dictamen informando que

se concluye que atento al estado de la entidad esta asesoría sugiere, si existen socios con voluntad de regularizar la entidad una asamblea extraordinaria de oficio, designando veedor al efecto de presidirla.

Por lo expuesto, es procedente la aplicación de los artículos 4 inc. B. y 5 inc. F. de la ley 5069, y en consecuencia se convoque a asamblea a fin de

dar por iniciado el proceso de regularización, y otorgar legalidad y legitimidad a las autoridades que resulten electas,

Por ello,

LA DIRECTORA

DE PERSONAS JURÍDICAS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º

Convóquese a Asamblea General Extraordinaria en la Unión Vecinal General Espejo de San Martín, para el día 26 de noviembre del 2014 a las 10,00 horas en la sede del Salón Cultural, sito en calle Sarmiento y 9 de Julio, Ciudad de San Martín, Departamento de San Martín, Mendoza; a fin de tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de un Presidente y Secretarios de la Asamblea; 2) Designación de dos socios para firmar el acta de asamblea y para verificar el acto electivo; 3) Consideración por parte de los asambleístas de la eximición del requisito de la antigüedad estatutaria, ello a fin de poder participar los asistentes, votar y resultar elegidos; 4) Elección de miembros de Comisión Directiva y Revisora de Cuentas.-.

Artículo 3º

El acto eleccionario de los miembros de Comisión Directiva (8 miembros...

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