Resolución n° 2.202
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 18 de Diciembre de 0006 |
RESOLUCIÓN N° 2.202
Mendoza,
18 de setiembre de 2006
Visto el expediente 3344-D.06-77770, en el cual se eleva para su aprobación el Manual de Procedimientos para práctica de tatuajes y perforación corporal, conforme lo establece la Ley N° 7434,
Por ello, en razón de lo aconsejado por la Dirección de Regulación y Control de Servicios de Salud y lo dictaminado por Asesoría Letrada,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Aprobar el Manual de Procedimientos para Práctica de Tatuajes y Perforación Corporal, conforme lo establece la Ley N° 7434, según detalle en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.
Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
Armando A. Calletti
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ANEXO
MANUAL DE NORMAS
SANITARIAS PARA PRACTICA
DE TATUAJE Y PERFORACIÓN CORPORAL
Objetivos Generales
¬ï Establecer Normas de Trabajo para Establecimientos donde se realizan tatuajes y/o perforación corporal (Body Piercing).
• Proteger la salud de los usuarios y de los trabajadores de la actividad.
Planta Física e Higiene
de los Establecimientos
1.1
Planta Física:
El Establecimiento deberá contar con las siguientes áreas de trabajo
¬ï Recepción y espera superficie mínima de 4.5 mts 2, con un lado mínimo de 1.5 mts
¬ï Área de trabajo (tatuajes y piercing); superficie mínima de 6 mts 2 con un lado mínimo de 1.7 mts con una flexibilidad del 10% en la superficie y/o lado contará además con una pileta de lavado y mesada.
• Sanitario con inodoro y lavatorio.
¬ï Asegurará la privacidad de las prácticas que se realicen en cada cliente.
Deberá tener el V° B° del Dpto. de Obras Privadas otorgada por autoridad Municipal correspondiente, donde conste la Habilitación para este rubro.
Los pisos de los locales serán de material cerámico, liso, no poroso y resistentes al lavado con hipoclorito de sodio.
Las paredes estarán revestidas en materiales lisos, no porosos y resistente al lavado, por ej. con azulejos y/o pintura al aceite hasta 1.80 contados desde el suelo, El cieloraso será liso.
Contará con buena iluminación.
1.2
Higiene de los Establecimientos:
1 Protección Personal:
¬ï El personal a cargo de la higiene de los locales deberá colocarse guantes de uso doméstico y delantal plástico.
2 Mobiliario y pileta de lavado
• Mantenga el Sector con el mobiliario estrictamente indispensable. Elimine cajas, muebles y elementos ajenos a la actividad.
• Diariamente, previo a comenzar la jornada laboral, al concluir la actividad y siempre que haya podido ser contaminada con sangre y fluidos corporales realice la limpieza del mobiliario y pileta del lavado.
• Frote el mobiliario y piletas de lavado con rejilla embebida en agua y detergente.
• Enjuague con rejilla embebida en agua limpia.
¬ï Desinfecte utilizando un paño embebido en solución de hipoclorito de sodio al 1% (lavandina) recién preparada, por la progresiva pérdida de actividad. Para ello, coloque 10 ml de lavandina en un litro de agua.
-
Pisos y Zócalos:
Diariamente, previo a comenzar la jornada laboral, al concluir la actividad, y siempre que haya podido ser contaminada con sangre y fluidos corporales, efectúe la limpieza de pisos con trapo de uso exclusivo para ese sector.
• Llene un balde con agua limpia, tibia y detergente
¬ï Limpie la superficie vigorosamente con un trapo de piso embebido en solución de detergente.
• Enjuague con agua limpia pasando el mismo trapo por las superficies.
• Enjuague el balde y trapos utilizados. Deje secar los baldes boca abajo, con los trapos extendidos.
¬ï Lávese las manos antes y después de este procedimiento previo al retiro de los guantes.
¬ï Deseche el contenido líquido de los baldes por la pileta de patio o por el inodoro. No lo elimine por la pileta del lavado de manos bajo ningún aspecto.
-
Baños:
En cada turno de trabajo, efectúe la limpieza del baño utilizando elementos exclusivos para este sector.
• Limpie el lavatorio con rejilla embebida en agua y detergente.
• Enjuague con rejilla embebida en agua limpia.
¬ï Desinfecte utilizando un paño embebido en solución de hipoclorito de sodio al 1% (lavandina). Para ello, coloque 10 ml de lavandina en un litro de agua.
2.1 PROTECCION PERSONAL
EI personal a cargo de la realización de tatuajes y o perforaciones corporales deberá contar con:
¬ï Vacunación contra Hepatitis B y tétanos
Deberá utilizar durante todo el procedimiento:
¬ï Guantes de látex o de cloruro de polivinilo (descartables y estériles).
• Ambo de uso exclusivo
• Barbijo descartable
• Gorro o Cabello recogido
• Precauciones:
El tatuador o colocador de piercing deberá abstenerse de realizar estas prácticas cuando presente cortes, heridas, quemaduras u otras lesiones de naturaleza infecciosa o inflamatoria hasta su total curación. No obstante podrá utilizar un vendaje impermeable cuando éstas sean pequeñas. No fumar, comer o beber en las áreas de trabajo y de preparación del material.
Queda prohibida la entrada de animales al área de trabajo, como de personas ajenas a la actividad.
No se realizará el lavado de material utilizado en esta práctica, simultáneamente con la realización de procedimientos tatuajes y lo piercing, en los locales que comparten la misma área.
2.2
LAVADO DE MANOS
Objetivo:
Disminuir el traspaso de material infectante de un individuo a otro y cuyo propósito es la...
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