Resolución Nº 199/GCABA/SSREGIC/16

FirmantesCruz
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretarÍA Registros InterpretaciÓN y Catastro
Fecha de la disposición15 de Junio de 2016

VISTO:

El Expediente N° 32.932.440/2015, por el que se consulta sobre el proyecto para la

construcción de un edificio, en el predio resultante de la unificación de las Parcelas

intermedias N° 14 y 15, sito en la calle Manuel García N° 30/40, y;

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión, está afectado a un Distrito C3II de Zonificación General del

Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449, texto ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-

2007 (BOCBA N° 2.772);

Que las parcelas en cuestión, se encuentran dentro del polígono que delimita el

Distrito Tecnológico;

Que el Área Técnica de la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante

Informe N° 15204420-DGIUR-2016, hace saber que para el presente caso, resulta de

aplicación lo dispuesto en el Capítulo 4.10 "Completamiento de Tejido", toda vez que

cuenta con un edificio lindero en altura, cumpliendo con las condiciones previstas para

hacer lugar a lo solicitado, según el Artículo 4.10.3 "Parcelas flanqueadas por edificios

entre medianeras y edificios de Perímetro Libre o Semi Libre" del Código de

Planeamiento Urbano y el Artículo 24° "Instrumentos Normativos" de la Ley N° 2930

"Plan Urbano Ambiental;

Que para el pertinente análisis se adjuntó documentación gráfica en el N° de Orden 55

mediante PLANO-2016-07242980-DGROC consistente en: Plantas, corte, vista -

Estudio morfológico de la propuesta inserta en la manzana de implantación-

Relevamiento de muros medianeros Memoria técnica- Relevamiento fotográfico de la

cuadra; así como de la documentación interna obtenida del sistema Parcela Digital

Inteligente (PDI);

Que se trata del predio que resulte del englobamiento de las parcelas intermedias

N°14 y 15, emplazadas en la manzana típica que son delimitadas por las calles

Manuel García, Av. Caseros, Monasterio y Patagones;

Que dicho predio posee un frente de 20,00m sobre la Línea Oficial, una profundidad

de 39,00m y 34,76m sobre sus laterales izquierdo y derecho respectivamente, con una

superficie total de 736,65m2; y resulta afectado por el trazado de la Línea de Frente

Interno, así como parte de la extensión del espacio libre de la manzana, comúnmente

denominado "Tronera", que se ubican a una distancia de la Línea Oficial de 30,20m y

21,20m respectivamente;

Que respecto al entorno inmediato y de acuerdo a lo declarado por el profesional, se

observa que la parcela lindera...

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