Resolución Nº 199/GCABA/SSREGIC/16
Firmantes | Cruz |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | SubsecretarÍA Registros InterpretaciÓN y Catastro |
Fecha de la disposición | 15 de Junio de 2016 |
VISTO:
El Expediente N° 32.932.440/2015, por el que se consulta sobre el proyecto para la
construcción de un edificio, en el predio resultante de la unificación de las Parcelas
intermedias N° 14 y 15, sito en la calle Manuel García N° 30/40, y;
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión, está afectado a un Distrito C3II de Zonificación General del
Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449, texto ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-
2007 (BOCBA N° 2.772);
Que las parcelas en cuestión, se encuentran dentro del polígono que delimita el
Distrito Tecnológico;
Que el Área Técnica de la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante
Informe N° 15204420-DGIUR-2016, hace saber que para el presente caso, resulta de
aplicación lo dispuesto en el Capítulo 4.10 "Completamiento de Tejido", toda vez que
cuenta con un edificio lindero en altura, cumpliendo con las condiciones previstas para
hacer lugar a lo solicitado, según el Artículo 4.10.3 "Parcelas flanqueadas por edificios
entre medianeras y edificios de Perímetro Libre o Semi Libre" del Código de
Planeamiento Urbano y el Artículo 24° "Instrumentos Normativos" de la Ley N° 2930
"Plan Urbano Ambiental;
Que para el pertinente análisis se adjuntó documentación gráfica en el N° de Orden 55
mediante PLANO-2016-07242980-DGROC consistente en: Plantas, corte, vista -
Estudio morfológico de la propuesta inserta en la manzana de implantación-
Relevamiento de muros medianeros Memoria técnica- Relevamiento fotográfico de la
cuadra; así como de la documentación interna obtenida del sistema Parcela Digital
Inteligente (PDI);
Que se trata del predio que resulte del englobamiento de las parcelas intermedias
N°14 y 15, emplazadas en la manzana típica que son delimitadas por las calles
Manuel García, Av. Caseros, Monasterio y Patagones;
Que dicho predio posee un frente de 20,00m sobre la Línea Oficial, una profundidad
de 39,00m y 34,76m sobre sus laterales izquierdo y derecho respectivamente, con una
superficie total de 736,65m2; y resulta afectado por el trazado de la Línea de Frente
Interno, así como parte de la extensión del espacio libre de la manzana, comúnmente
denominado "Tronera", que se ubican a una distancia de la Línea Oficial de 30,20m y
21,20m respectivamente;
Que respecto al entorno inmediato y de acuerdo a lo declarado por el profesional, se
observa que la parcela lindera...
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