Resolución N° 198-MAYEPGC/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición26 de Febrero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 198/MAYEPGC/18
Buenos Aires, 20 de febrero de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2936, la Ley N° 1218, la Disposición N° 70-DGOEP/2017, la Disposición N°
2787-DGOEP/2017, los Expedientes Electrónicos N° 25002181-MGEYA-DGOEP/2016
y N° 04120175-MGEYA-DGOEP/2017, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico que opera en subsidio
del recurso de reconsideración incoado por la empresa ATACAMA S.A, contra los
rminos de la Disposición N° 70-DGOEP/2017, por la cual se denegó la solicitud de
permiso para la colocación de un (1) dispositivo publicitario aviso en cartelera porta
afiche simple en la calle Beiró Nº 2380 de esta Ciudad;
Que mediante el Informe N° 15009349-DGOEP/2017, la Dirección General de
Ordenamiento del Espacio Público indicó que la autorización solicitada no cumple con
los requisitos establecidos en el Art. 5.8 de la Ley N° 2936, toda vez que establece que
se autoriza la publicidad sobre vallas provisorias en obras y en terrenos baldíos, en
predios afectados a obras nuevas, obras de ampliación, refacción, demolición y o
restauración de fachada;
Que en este sentido se dictó la Disposición N° 70-DGOEP/2017, mediante la cual el
Director General de Ordenamiento del Espacio Público de esta Ciudad denegó la
solicitud de permiso peticionada, solicitando se de intervención a la Dirección General
Fiscalización del Espacio Público a los fines de proceder al retiro de los dispositivos
publicitarios en caso de encontrarse emplazados en la locación referida;
Que mediante la Informe N° 04120178-DGOEP/2017 obra el recurso de
reconsideración con jerárquico en subsidio interpuesto por la empresa ATACAMA SA.,
contra los términos de la Disposición N° 70-DGOEP/2017;
Que, debido a que la presentación realizada carecía de los argumentos y pruebas
necesarias y suficientes para generar en la Dirección citada la convicción de que
resultaba procedente la revocación de los términos de la Disposición recurrida,
mediante la Disposición N° 2787-DGOEP/2017 se desestimó el recurso de
reconsideración interpuesto, notificando la misma a la recurrente el día 10 de agosto
del corriente;
Que con fecha 10 de octubre del corriente, se le notificó a la empresa ATACAMA SA.
que contaba con el plazo de cinco (5) días hábiles para ampliar o mejorar los
fundamentos a fin de resolver el recurso jerárquico que obra en subsidio;
Que habiendo transcurrido el plazo legal establecido en el art. 111 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad (T.O. Ley N° 5666), no han sido
ampliados los fundamentos para que pueda ser resuelto el recurso jerárquico;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
que le compete conforme lo prescripto por la Ley N° 1.218, emitiendo el Informe Nº
28469947-DGAIP/2017, mediante el cual sugiere desestimar el recurso bajo estudio.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5322 - 26/02/2018

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