Resolución N° 1973-MCGC/17

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición25 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2017 Año de las Energías Renovables"
RESOLUCIÓN N.° 1973/MCGC/17
Buenos Aires, 1 de marzo de 2017
VISTO:
El EX-2017-04343614- -MGEYA-DGEART, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-
GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la
Resolución Nº 5041-SC-2005, y
CONSIDERANDO:
Que, el señor Director General de la Dirección General de Enseñanza Artística
propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco
de la programación prevista para el ejercicio 2017;
Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el
contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;
Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto
de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de
Contrataciones Personales;
Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº
224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución
FC N° 126-MHGC-15;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y
N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-
MHGC-15;
EL MINISTERIO DE CULTURA
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido,
documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2017-05735434- -MCGC-, y
que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución.
Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe
correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I
que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.
Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación
de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una
Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa
Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires deposite los honorarios correspondientes.
Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de
la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del
presupuesto del año 2017.
Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
de Enseñanza Artística quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5302 - 25/01/2018

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