Resolución Nº 197/GCABA/ISSP/17

FirmantesDe Langhe
EmisorINSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PÚBLICA

VISTO:

La Ley N° 5.688, las Resoluciones N° 6/ISSP/2017, N° 50/ISSP/2017, las Notas N°

21120700/SAISSP/17, N° 21118250/SAISSP/17, N° 21113435/SAISSP/17, N°

21114621/SAISSP/17, N° 21122997/SAISSP/17, N° 21124071/SAISSP/17, N°

21124846/SAISSP/17, N° 21126828/SAISSP/17 y N° 21127558/SAISSP/17, el

Expediente Electrónico N° 21160879/MGEYA/SGISSP/17, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo

referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como para la formulación, implementación y control de las

políticas y estrategias de seguridad pública;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad;

Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal

de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de

la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad

ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos

aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así

como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana

de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y

capacidad;

Que la mentada ley en el artículo 405 establece que la formación y capacitación

general en materia de seguridad pública está destinada a todos aquellos funcionarios y

personal que integran los organismos públicos involucrados en el Sistema Integral de

Seguridad Pública y a los que intervengan en los procesos de elaboración, ejecución y

evaluación de estrategias y políticas públicas en materia de seguridad, como así

también a todos los ciudadanos interesados en formarse en temas de seguridad

pública;

Que a efectos de bregar por la seguridad pública, entendida como la situación de

hecho basada en el derecho en el cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida

y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las

instituciones del sistema representativo...

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