Resolución Nº 196/GCABA/SSMEP/16
Firmantes | Capelli |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría Mantenimiento del Espacio Público |
Fecha de la disposición | 1 de Agosto de 2016 |
VISTO:
EL EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 13.803.999-MGEYA-COMUNA15/2016, y
CONSIDERANDO:
Que, la presentación efectuada por el Sr. Michel Jeckeln, quien solicita un
resarcimiento, por los daños que le provocó al vehículo marca BMW, modelo 135,
dominio JSE-809, según sus dichos "un bache" en la Avenida del Libertador, a la altura
del 6.700, de esta ciudad, el 23/04/2016;
Que, la presentación efectuada en los órdenes 2/4, ampliada en el orden 8, será
considerada como simple petición en los términos del art. 14 de la Constitución
Nacional;
Que, se le ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires, conforme a los términos del art. 10 inc. C de la Ley 1218;
Que, el peticionante solicita el pago de un resarcimiento, por los daños que le provocó
al vehículo de referencia "un bache" en la Avenida del Libertador, a la altura del 6700,
de esta ciudad, el 23/04/2016;
Que, a fin de acreditar las circunstancias alegadas acompaña copia sin certificar del
título de propiedad del mencionado automotor, a nombre del Sr. Jeckeln Ernesto
Guillermo (orden 3);
Que, la Dirección General fiscalización del Espacio Público informa en el orden 14:
"...la Gerencia Operativa de Permisos de Apertura tiene registro de los permisos N°
1400067422/67423 para la posición detallada....";
Que, asimismo señala en el orden citado: "....Se adjuntan en copias los mismos.-"
Surge de los Archivos de Trabajo (órdenes 1 y 2), que la solicitante de los permisos
mencionados es la empresa NSS SA;
Que, de las constancias obrantes en estos actuados, surge que nos encontramos
frente a un reclamo de daños y perjuicios en el que, según un principio tradicional,
pesa sobre el actor la prueba de los requisitos esenciales para su procedencia;
Que, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sostenido
reiteradamente que a efectos de hacer lugar en sede administrativa a una petición
como la presente deben encontrarse reunidos los elementos necesarios para ello;
Que, quien peticione deberá demostrar fehacientemente el derecho o interés que lo
legitime, las circunstancias que alegue, la existencia del daño y que la responsabilidad
por el mismo le fuere atribuible a la Administración;
Que, a esos fines corresponderá analizar el...
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