Resolución N° 196-AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 6 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.º 196/AGC/18
Buenos Aires, 23 de febrero de 2018
VISTO:
Decreto 93/GCBA/06, Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510 de 1997 (texto
consolidado por Ley N° 5.666), el Expediente N° 221913/2013, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de ampliación de
rubro y superficie con redistribución de usos efectuada por la firma Bio Control S.A.,
respecto del establecimiento sito en la Calle Fraga Nº 1504, Planta Baja, 1º Piso, 2º
Piso, 3º Piso y Azotea, de esta Ciudad, para desarrollar los rubros: Elaboración de
productos alimenticios N.C.P. - alimentos dietarios - clanae 1549-9 (500231);
fabricación de medicamentos y productos medicinales. Fabricación de medicamentos
de uso humano y productos farmacéuticos - clane 2423-1 (599952);
Que a través de la Informe de Rubros Rechazados y Motivos la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos rechazó la referida solicitud por no haberse subsanado en
tiempo y forma las observaciones oportunamente efectuadas, de conformidad a lo
establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 93-GCBA/06;
Que mediante la Presentación Agregar N° 003, el Sr. Favier Mariano, en su carácter
de apoderado de la firma titular del trámite, planteo la nulidad del rechazo de la
solicitud, el cual fue interpretado como Recurso de Reconsideración;
Que a través de 12541-DGHP/2017 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos
desestimó el mencionado recurso;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico que opera en
subsidio del Recurso de Reconsideración oportunamente interpuesto, en los términos
previstos por el Artículo 111° y siguientes del Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1.510-GCBA/97;
Que la recurrente no ha presentado ampliación de fundamentos o escrito alguno,
conteniendo ningún elemento distinto o novedoso, respecto de los ya obrantes en
estos actuados al momento de dictarse la Disposición Nº 12541-DGHP/17, por lo que
los agravios consignados no presentan elementos investidos de entidad suficiente
para cambiar el criterio adoptado por la Administración Activa al momento de dictar el
acto actualmente en crisis;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115° de la Ley de
Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-
2018- 04577312-DGACEP opinando que "debe desestimarse el recurso jerárquico
subsidiario al de reconsideración (...)".
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 11° inciso e) de la Ley Nº
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5328 - 06/03/2018

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