Resolución Nº 195/GCABA/PG/17
Firmantes | Astarloa |
Emisor | F/N PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD |
VISTO:
El Código Civil y Comercial de la Nación, la Ley N° 5.616, el Decreto N°
42/GCABA/2002, la Resolución N° 469/AGIP/2016, y los EE N° 12666971/PG/2014 y
N° 26509118/PG/2016, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 42/GCBA/2002 fija el marco regulatorio de la relación entre los
mandatarios judiciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de
realizar la gestión de cobro de la deuda fiscal en mora y de los certificados de deuda
emitidos por los Controladores de la Unidad Administrativa de Control de Faltas;
Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 9 de dicha norma, esta Procuración
General tiene a su cargo la superintendencia procesal y la auditoría jurídica contable, e
imparte a los mandatarios las directivas jurídicas que estima pertinentes;
Que, asimismo, el artículo 15 determina que los mandatarios serán personalmente
responsables por los honorarios y costas que se originen en caducidades de instancia
decretadas en juicios a su cargo, debiendo resarcir al Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en caso de resultar éste condenado en juicio por su culpa
o negligencia;
Que la Ley N° 5.616, reglamentada por Resolución N° 469/AGIP/2016, establece el
régimen de regularización de obligaciones tributarias vencidas al 31 de mayo de 2016
para "contribuyentes y/o responsables de los tributos", previendo la posibilidad de
acogerse al mismo hasta el 31 de diciembre de 2016;
Que, según el artículo 1.324 del Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado por
la Ley Nacional N° 26.994, el mandatario está obligado a cumplir los actos
comprendidos en el mandato, conforme las instrucciones dadas por el mandante y la
naturaleza del negocio que constituye su objeto, con el cuidado que pondría en los
asuntos propios o, en su caso, el exigido por las reglas de su profesión, o por los usos
del lugar de ejecución;
Que por RE-2016-26509261-PG, obrante en el EE N° 26509118/PG/2016, el Dr.
Norberto Luis Vazquez, mandatario fiscal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, efectúa pedido con relación a la deuda fiscal que se intentara ejecutar
en los autos caratulados "GCBA C/ DELLACASA GUSTAVO ENRIQUE S/
EJECUCIÓN FISCAL" (Expediente Judicial N° 151481/1996), proceso terminado por
caducidad de la instancia, y que fuera declarada prescripta en las actuaciones
caratuladas "DELLACASA GUSTAVO ENRIQUE C/ GCBA S/ ACCIÓN MERAMENTE
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