Resolución N° 194

EmisorDirección General de Educación Secundaria
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 57
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 22 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
haya reducido en NO MENOS del 20% respecto del registrado en el mismo
período del año 2015, correspondientes a la energía suministrada a partir
del 01 de abril de 2018, se mantienen idénticos a los instrumentados por
medio del Anexo Nº 5 de la Resolución General ERSeP Nº 05/2018.
ARTÍCULO 8º: ESTABLÉCESE que los ajustes en los precios de la energía
aplicables por las Cooperativas Distribuidoras de Energía de la Provincia
de Córdoba para determinar las Tarifas de Venta a Usuarios Residenciales
que resulten beneciarios de la Tarifa Social Nacional, cuyas demandas
no alcancen los 10 kW y cuyo consumo de energía se haya reducido en
NO MENOS del 20% respecto del registrado en el mismo período del año
2015, correspondientes a la energía suministrada a partir del 01 de abril de
2018, se mantienen idénticos a los instrumentados por medio del Anexo Nº
6 de la Resolución General ERSeP Nº 05/2018.
ARTÍCULO 9º: ESTABLÉCESE que los ajustes en los precios de la energía
aplicables por las Cooperativas Distribuidoras de Energía de la Provincia
de Córdoba para determinar las Tarifas de Venta a Usuarios Residenciales
que resulten beneciarios de la Tarifa Social Nacional, cuyas demandas no
alcancen los 10 kW y cuyo consumo de energía sea MAYOR o IGUAL al
registrado en el mismo período del año 2015, o se haya reducido en ME-
NOS del 20% respecto del registrado en el mismo período del año 2015,
correspondientes a la energía suministrada a partir del 01 de abril de 2018,
se mantienen idénticos a los instrumentados por medio del Anexo Nº 7 de
la Resolución General ERSeP Nº 05/2018.
ARTÍCULO 10º: ESTABLÉCESE que los ajustes en los precios de la ener-
gía aplicables por las Cooperativas Distribuidoras de Energía de la Provin-
cia de Córdoba para determinar las Tarifas de Venta a Usuarios Residen-
ciales identicados como Electrodependientes por Cuestiones de Salud,
correspondientes a la energía suministrada a partir del 01 de abril de 2018,
se mantienen idénticos a los instrumentados por medio del Anexo Nº 8 de
la Resolución General ERSeP Nº 05/2018.
ARTÍCULO 11º: INDÍCASE a las Cooperativas Distribuidoras de Energía
de la Provincia de Córdoba, que los cargos correspondientes a la TARIFA
Nº 9 – SERVICIO DE PEAJE de la Estructura Tarifaria Única aprobada por
Resolución General ERSeP Nº 17/2008, o sus equivalentes en el caso de
Cooperativas Concesionarias que no hubieran llevado a cabo la adecua-
ción de su Cuadro Tarifario conforme a lo dispuesto por dicha norma, de-
berán calcularse acorde a la metodología descripta en los considerandos
de la Resolución General ERSeP Nº 14/2011, tomando como referencia
las tarifas para usuarios nales que surjan de la aplicación de los artículos
precedentes y las tarifas de compra respectivas, contemplando además los
cargos para obras que la EPEC aplique sobre la energía y/o potencia que
las mismas adquieran a los nes de abastecer a los usuarios que corres-
ponda de la categoría referida, según valores autorizados por el ERSeP
para usuarios propios de similares características.
ARTÍCULO 12º: PROTOCOLÍCESE, hágase saber, dese copia y publíque-
se en el Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba.-
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VI-
CEPRESIDENTE - ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR - WALTER SCAVINO,
DIRECTOR - FACUNDO CARLOS CORTES, DIRECTOR - MARÍA FERNANDA LEI-
VA, DIRECTOR
Anexo: https://goo.gl/WDodW5
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 219
Córdoba, 16 de marzo de 2018
VISTO: Los Trámites Nros. GRH02-449451050-617, SDEE01-537863132-
617, DGDEI01-731490050-216, ME01-498502098-817 y DEIP01-
705532050-115 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las re-
nuncias condicionadas al otorgamiento del benecio previsional presenta-
das por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina
en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pen-
siones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante
las cuales se otorgó a los peticionantes el benecio previsional correspon-
diente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los interesados
no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación adminis-
trativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particular
por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
E L M I N I S T R O D E E D U C A C I O N
R E S U E L V E
Art. 1°.-ACEPTAR en forma denitiva, las renuncias presentada por perso-
nal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo
I, el que compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumento legal,
a partir de las fechas que en cada caso se especica, para acogerse a los
benecios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones ema-
nadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí
mencionadas.
Art. 2°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Anexo: https://goo.gl/5MKZXE
DIRECCION GENERAL DE EDUCACIÓN
SECUNDARIA
Resolución N° 194
Córdoba, 21 de Marzo de 2018
VISTO: La Ley N° 10237, el Decreto N° 930/15, Decreto Ley 214/E/63 y
la Resolución N° 0193/18 de esta Dirección General, mediante la que se
convoca a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir los

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