Resolución N° 192 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición12 de Junio de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXX - Nº 117
CORDOBA, (R.A.), LUNES 19 DE JUNIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Que por Ley N° 10.410 de Presupuesto General de la Administración
Pública Provincial para el ejercicio 2017 se incrementan considerablemen-
te los programas presupuestarios atendidos por el fondo permanente en
cuestión.
Que a la fecha con dicho Fondo Permanente se manejan dos cajas
chicas, una a nivel central y otra en el Hospital Córdoba, y con proyección
de sumar una tercera durante el transcurso del ejercicio 2017 para atender
los gastos que demanden los trasplantes que se realizan en el Hospital de
Niños.
Que conforme lo determina el ar tículo 63 de la Ley 9086, es facultad de
este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos
Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos,
determinando su régimen y límites al momento de su creación y amplia-
ción.
Que desde el punto de vista técnico-contable no existen objeciones
que formular en relación a la ampliación del Fondo Permanente requerido,
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el co-
rrecto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 78 y de acuerdo con lo
dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al N°
335/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1° AMPLIAR el Fondo Permanente “E” – RECURSO SOLI-
DARIO PARA PROCURACIÓN, ABLACIÓN, IMPLANTES Y POST TRAS-
PLANTE – CUENTA ESPECIAL- del Ministerio de Salud hasta la suma
de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000), del que será
responsable el Titular del Servicio Administrativo del citado Organismo.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, al Servicio Administrativo del Ministerio de Salud, a la Di-
rección General de Tesorería y Crédito Público y a Contaduría General de
la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 192
Córdoba, 12 de junio de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0184-050306/2017 por el que se solicita la am-
pliación del Fondo Permanente “A – GASTOS GENERALES- del Ministerio
de Gobierno, creado por Resolución Ministerial N° 067/03 y ampliado por
sus similares N° 055/04, 178/05, 026/08, 109/11, 016/12, 020/14 y 161/16.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el ar tículo 63 de la Ley 9086, es facultad de
este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos
Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos,
determinando su régimen y límites al momento de su creación y amplia-
ción.
Que desde el punto de vista técnico-contable no existen objeciones
que formular en relación a la ampliación del Fondo Permanente requerido,
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el co-
rrecto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 8 y de acuerdo con lo
dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al N°
359/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1° AMPLIAR el Fondo Permanente “A” – GASTOS GENERA-
LES- del Ministerio de Gobierno hasta la suma de PESOS OCHO MILLO-
NES ($ 8.000.000), con límite por cada pago hasta quince (15) veces el
índice previsto por el artículo 11 de la Ley N° 10.155, del que será respon-
sable el Titular del Servicio Administrativo del citado Organismo.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, al Servicio Administrativo del Ministerio de Gobierno, a la
Dirección General de Tesorería y Crédito Público y a Contaduría General
de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN
OPERATIVA
Resolución N° 43
Córdoba, 12 de junio de 2017
VISTO: El expediente Nº 0562-003335/2017.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la adjudicación de la
impresoras con destino a la Dirección de Policía Fiscal dependiente de la
Secretaría de Ingresos Públicos de este Ministerio, conforme los términos
del Convenio Marco N° 87/2016.
Que a fs 13/16, corre glosada copia el de la Resolución N° 45/16 de la
Dirección General de Compras y Contrataciones de este Ministerio, la que
aprueba la suscripción de Convenio Marco.

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