Resolución Nº 1919

EmisorEnte regulador de los servicios públicos
Fecha de la disposición27 de Julio de 2016
LUNES 8 DE AGOSTO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 153
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SECRETARIA DE EDUCACION
Resolución Nº 574 ............................................................. PAG. 1
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
ERSEP
Resolución Nº 1919 ........................................................... PAG. 1
Resolución General Nº 23 ................................................ PAG. 4
Resolución General Nº 24 ................................................ PAG. 6
Resolución General Nº 25 ................................................ PAG. 7
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución Nº 258 ............................................................ PAG. 10
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 574
Córdoba, 1 de agosto de 2016
VISTO:
Las actuaciones presentadas por las autoridades del I.P.E.M N° 116-
Anexo Las Isletillas, en las que se solicita se declare de Interés Educativo
a las “V Fiesta de las Colectividades”, que organizada por dicha Institución,
se llevará a cabo el día 19 de agosto del corriente año en las instalaciones
del Club Huracán, localidad de Las Isletillas, Provincia de Córdoba,
Y CONSIDERANDO:
Que son destinatarios del encuentro, estudiantes de la Institución orga-
nizadora, docentes y comunidad educativa en general.
Que el evento, se organiza en torno a un proyecto de abordaje y trabajo
interdisciplinario que apuesta al desarrollo de pensamiento crítico, expre-
sión y creatividad para el conocimiento del patrimonio artístico-cultural.
Que las actividades, prevén la realización de trabajos de investigación,
escrituras de reseñas históricas, exposiciones y búsqueda de vestimenta
típica.
Que este Ministerio estima conveniente declarar el evento de Interés
Educativo, dado que constituye una valiosa iniciativa para el intercambio de
saberes en virtud de las actividades previstas.
Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones conferi-
das por Resolución Ministerial Nº 118/2006;
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
Art. 1º.- DECLARAR de Interés Educativo a la “V Fiesta de las Colec-
tividades”, que organizada por dicha Institución, se llevará a cabo el día 19
de agosto del corriente año en las instalaciones del Club Huracán, locali-
dad de Las Isletillas, Provincia de Córdoba.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en
el Boletín Ocial y archívese.-
FDO: PROF. DELIA M. PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACIÓN
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución N° 1919
Córdoba, 27 de Julio de 2016.-
Y VISTO:
El Expediente Nº 0048-002112/2015 en el que obran las presentacio-
nes promovidas por la Federación de Empresarios del Transpor te Automo-
tor de Pasajeros (F.E.T.A.P), la Asociación de Empresarios del Transporte
Automotor de Córdoba (ASETAC) y el informe técnico elaborado por la
Secretaría de Transporte del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Pú-
blicos, entre otros documentos, a los nes del tratamiento de la revisión
tarifaria de las empresas prestatarias del servicio publico de transporte
interurbano de pasajeros de la Provincia de Córdoba reguladas por la Ley
Nº 8669 y sus modicatorias.-
Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente Dr. Mario Agenor BLANCO y de los Directores: Luis
Antonio SANCHEZ y Alicia Isabel NARDUCCI.
Que a los nes de la jación y determinación de la tarifa, la Ley 8669 y su
Decreto Reglamentario 254/03 disponen en su Art 5 (texto VIGENTE conf.
Ley 9034) que: “se determina a la Dirección de Transporte de la Provincia
de Córdoba como autoridad de aplicación y al ERSeP como Autoridad de
Control…” Asimismo el Art 49 determina que “Los concesionarios y/o per-
misionarios del servicio público de transporte de pasajeros, percibirán de
los usuarios la tarifa que establezca para cada tipo de servicio la autoridad
competente, siendo esta el Poder Ejecutivo…”
Que así las cosas con fecha 04/07/2016 se remiten las presentes actuacio-
nes al Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP), a los nes de la
realización de la audiencia pública prevista por el artículo 20 de la Ley Nº
8835 (redacción según Ley Nº 9318). En efecto, el citado artículo dispone
que se deba convocar a audiencia pública “Cuando el informe o tratamien-
to se relacione con la modicación de los cuadros tarifarios de los servicios

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