Resolucion N° 188 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 19 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 203
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 18 DE OCTUBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
en Nota de Pedido Nº 2017/000466 (fs. 58) con cargo al Programa 506-004
– PARTIDAS 12.06.00.00 – Obras Ejecución por Terceros del P.V.-
ARTICULO 3°. PROTOCOLICESE, Intervenga Dirección de Adminis-
tración del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, tome razón
el Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en el Boletín
Ocial y PASE a la Jefatura de Área de Inspecciones y Certicaciones, a
sus efectos.-
FDO: ARQ. DANIEL REY, SECRETARIO DE ARQUITECTURA
anexo: https://goo.gl/go8t9m
Resolución N° 188
Córdoba, 5 de abril de 2017
EXPEDIENTE N* 0047-002907/2014 – REFERENTE Nº 2.-
VISTO este Referente en el que a fs. 2 mediante Nota de fecha 28 de
octubre de 2016 presentada por la Comuna Villa Gutiérrez, contratista de
la obra: “AMPLIACION DE SANITARIOS, PATIO CUBIERTO Y COCINA en
el CBU RURAL ANEXO I.P.E.M. N° 340, ubicado en la Localidad de VILLA
GUTIERREZ – Departamento ISCHILIN – Provincia de Córdoba”, solicita
Redeterminación de Precios de la mencionada obra en el marco de las
disposiciones del Decreto N° 1133/10 recticado por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a fs. 5/16,
documentación relacionada con la ejecución de la obra que se trata, ha-
biéndose suscripto el Contrato correspondiente con la Comuna de Villa
Gutiérrez con fecha 01/04/2014, replanteándose los trabajos con fecha el
28/03/2016, de la que se desprende que la aprobación de la documenta-
ción técnica de los mencionados Trabajos se perfeccionó mediante Reso-
lución N° 285 de la entonces Dirección General de Arquitectura, con fecha
16/04/2014;
Que a fs. 18, División Certicaciones informa que si se ha confecciona-
do Certicado Final N° 2 – Adelanto de Fondos 50%, de la obra de referen-
cia;
Que a fs. 23 se agrega copia del Certicado Parcial N° 1, con fecha de
emisión 28/05/2014;
Que a fs. 24/69, toma participación Sección Costos, elaborando pla-
nilla e informe del que surge que atento lo dispuesto por los artículos 4, 8,
9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010, recticado por su similar Nº 1231/2010 y
lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se vericó una pri-
mera variación de costos a partir del mes de MARZO/2014 del 8,69%, una
segunda variación de costos al mes de MAYO/2014 del 9,45%, una tercera
variación de costos al mes de AGOSTO/2014 del 7,78%, una cuar ta varia-
ción de costos al mes de FEBRERO/2015 del 7,25%, una quinta variación
de costos a partir del mes de JUNIO/2015 del 10,05%, una sexta variación
de costos a partir del mes de SEPTIEMBRE/2015 del 7,63%, una séptima
variación de costos a partir del mes de FEBRERO/2016 del 9,51%%, una
octava variación de costos a partir del mes de MAYO/2016 del 12,88% y
nalmente una Novena variación de costos a partir del mes de NOVIEM-
BRE/2016 del 9,96%, por lo que se procedió a calcular los Factores de Re-
determinación (Fri) correspondientes, vericándose una primera variación
de costos a partir del mes de MARZO/2014 con un porcentaje del 7,82%,
habiéndose aplicado los Números Indice publicados mensualmente en el
ANEXO DEL CUADERNILLO INDEC INFORMA, a valores del mes ante-
rior a dicha fecha y a valores del mes anterior al de la fecha de cotización
(octubre/2013). A continuación se detecto una segunda variación de costos
a partir del mes de Mayo/2014 con un porcentaje del 8,50%, habiéndo-
se aplicado los Números Indice publicados mensualmente en el ANEXO
DEL CUADERNILLO INDEC INFORMA, a valores del mes anterior a dicha
fecha y a valores del mes anterior a la última variación de costos (MAR-
ZO/2014). Se detecto una tercera variación de costos a partir del mes de
Agosto/2014 con un porcentaje del 3,11%, habiéndose aplicado los Núme-
ros Indice publicados mensualmente en el ANEXO DEL CUADERNILLO
INDEC INFORMA, a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del
mes anterior a la última variación de costos (Mayo/2014). Posteriormente
se detecto una cuarta variación de costos a partir del mes de Febrero/2015
con un porcentaje del 2,90%, habiéndose aplicado los Números Indice
publicados mensualmente en el ANEXO DEL CUADERNILLO INDEC IN-
FORMA, a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes
anterior a la última variación de costos (Agosto/2014). Mas luego se de-
tecto una quinta variación de costos a partir del mes de Junio/2015 con un
porcentaje del 4,02% habiéndose aplicado los Números Indice publicados
mensualmente en el ANEXO DEL CUADERNILLO INDEC INFORMA, a
valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes anterior a la fe-
cha de última variación de costos (Febrero/2015). Acto seguido se detecto
una sexta variación de costos a partir del mes de Septiembre/2015 con un
porcentaje del 3,05% habiéndose aplicado los Números Indice publicados
mensualmente en el ANEXO DEL CUADERNILLO INDEC INFORMA, a
valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes anterior a la fe-
cha de ultima variación de costos (Junio/2015). A posteriori se detecto una
séptima variación de costos al mes de FEBRERO/2016, con un porcentaje
del 3,80%, habiéndose aplicado los Números Indice del Nivel General de
Costo de la Construcción del Gran Buenos Aires por el INDEC INFORMA,
a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes anterior a la
última variación (Septiembre/2015). A continuación se constato una octava
variación de costos a partir del mes de MAYO/2016 con un porcentaje del
5,15%, habiéndose aplicado los Números del Nivel General del Indice de
Costo de la Construcción del Gran Buenos Aires, publicados mensualmen-
te por el INDEC, a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del
mes anterior a la última variación (FEBRERO/2016). Finalmente se detecto
una novena variación de costos a partir del mes de NOVIEMBRE/2016 con
un porcentaje del 3,99%, utilizándose idéntica metodología a la detallada
precedentemente, con valores del mes anterior a dicha fecha y a valores
del mes anterior a Mayo/2016, resultando un total a reconocer a la con-
tratista por dicho concepto la suma de $ 545.106,99.- por lo que el nuevo
presupuesto de obra redeterminado asciende a $ 1.613.578,44.- A fs. 71 la
Dirección de Jurisdicción Obras, Licitaciones y Contrataciones, propicia la
continuidad del trámite;
Que a fs. 72, mediante Dictamen N° 141/2017, División Jurídica expre-
sa conforme las actuaciones agregadas en autos y el referido análisis de fs.
24/69 elaborado por Sección Costos, no existe objeción de Orden Jurídico
formal para proceder a la Redeterminación solicitada;
Que respecto de los análisis técnicos y contables, ese Servicio Asesor
no abre juicio por cuanto escapa al ámbito de su competencia;
Que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos Provincial N°
1133/10 y 1231/10 y el Decreto N° 2000/15, puede el Señor Secretario de
Arquitectura proceder en el marco del presente pronunciamiento, haciendo
lugar a la solicitud de redeterminación formulada por la contratista de la
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