Resolución N° 187

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Fecha de la disposición13 de Junio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 110
CORDOBA, (R.A.) MIERCOLES 13 DE JUNIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Que la Jefatura de Departamento Administración, con el Visto Bueno del
señor Secretario de Arquitectura, incorpora Informe de fecha 23 de mayo
de 2018 en el cual se destaca que el Pliego Particular de Condiciones agre-
gado en autos resulta adecuado como base del llamado a licitación pública
que se propicia, ajustándose a las disposiciones del Decreto N° 1505/2016
y de la Ley Nº 10417.
Que de los Pliegos incorporados en autos surge que el procedimiento de
contratación es la Licitación Pública y que el sistema de contratación es por
Ajuste Alzado, como también que el Presupuesto Ocial estimado ascien-
de a la suma de $ 26.525.841,56, calculados a valores de marzo de 2018.
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la Secretaría de
Arquitectura, en el cual se expresa que los precios detallados en el presu-
puesto ocial son acordes a valores de mercado al mes de marzo de 2018.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Salud deberá respetar las disposiciones de la Ley
de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10417
y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en
relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la pre-
sente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los -
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 232/2018 del Departamento Jurídico de la Dirección
General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que,
en virtud de las consideraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de
los informes técnicos elaborados por las áreas competentes y visto que
se da cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por
Ley Nº 10417, Anexo I al Decreto N° 1505/2016, Decretos Reglamentarios
Nº 4757/77 y Nº 4758/77, entiende que atento que la obra supera el índice
trescientos (300) resulta oportuno dictar el instrumento legal por el cual
se apruebe la ejecución de la misma. Asimismo, expresamente maniesta
que se deberá dar cumplimiento a la precitada normativa a lo largo de todo
el procedimiento, en especial lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Nº
1419/2017.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por De-
partamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales de este
Ministerio con el Nº 232/2018 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecu-
ción de los trabajos a contratar por el Ministerio de Salud referidos a la
obra: “COMUNIDAD TERAPÉUTICA – CENTRO DE ADICCIONES – HOS-
PITAL REGIONAL VILLA DOLORES – PROVINCIA DE CÓRDOBA, con-
forme la documentación técnica compuesta por Memoria de Arquitectura,
Pliegos Particulares de Especicaciones Técnicas, Planos y Pliego Parti-
cular de Condiciones con sus Anexos, elaborados por la Dirección General
de Infraestructura y la Dirección General de Compras y Contrataciones,
ambas del Ministerio de Salud, como también el Presupuesto Ocial por la
suma de Pesos Veintiséis Millones Quinientos Veinticinco Mil Ochocientos
Cuarenta y Uno con Cincuenta y Seis Centavos ($ 26.525.841,56).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, pase al Ministerio de Salud a sus efectos y archívese.
FDO: JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO DE GOBIERNO - RICARDO SOSA , MI-
NISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 187
Córdoba, 06 de junio de 2018
VISTO: este expediente en el cual la Subsecretaría de Vivienda propicia
por Resolución Nº 0087/2018 se deje sin efecto la Resolución Ministerial N°
0381/2017 por la cual se adjudicó la Compulsa Abreviada a la rma PABLO
AUGUSTO FEDERICO destinada a la ejecución de la obra: “CONSTRUC-
CIÓN DE MUROS DE CONTENCIÓN, RELLENO Y VEREDAS MUNICI-
PALES EN VILLA ALLENDE – SECTORES I Y II – CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial N° 0381 de fecha 23
de noviembre de 2017 se adjudicó por Compulsa Abreviada la ejecución de
la obra descripta precedentemente a la rma PABLO AUGUSTRO FEDE-
RICO por la suma de $ 2.086.804,85.
Que a los nes de la prosecución del trámite y suscripción del contrato
de obra con fecha 31 de enero de 2018 se noticó al contratista del acto
administrativo y se lo intimó a la presentación de la póliza de caución en
garantía de ejecución de contrato y una garantía de anticipo nanciero en
el plazo fatal de cinco (5) días de recibida la noticación.
Que atento el incumplimiento por parte de la rma adjudicataria, la Direc-
ción de Jurisdicción Jurídico de la Dirección de Vivienda en su dictamen
obrante en autos insta resolver la desadjudicación de la obra y desistir de
la rma del contrato.
Que obra Dictamen Nº 212/2018 del Departamento Jurídico la Dirección
General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que,
de conformidad a lo vertido por los funcionarios actuantes y en consonan-
cia con las prescripciones de los artículos 30, 31, 32 de la Ley N° 8614 ,
modicada por Ley N° 10417 y artículo 32 del Decreto N° 4758/77, conside-
ra que puede dictarse el acto administrativo por el cual se deje sin efecto la
Resolución N° 0381/2017 y se ordene la restitución de la garantía de oferta
presentada por la adjudicataria oportunamente.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por el
Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales de
este Ministerio con el Nº 212/2018,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- DÉJASE SIN EFECTO la Resolución Ministerial N° 0381 de
fecha 23 de noviembre de 2017 por la cual se adjudicó por Compulsa Abre-
viada la ejecución de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE MUROS DE CON-
TENCIÓN, RELLENO Y VEREDAS MUNICIPALES EN VILLA ALLENDE
– SECTORES I Y II – CÓRDOBA” a la rma PABLO AUGUSTO FEDERICO

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