Resolución Nº 185/GCABA/SSADS/16
Firmantes | Ferrero |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | SubsecretarÍA AdministraciÓN de Seguridad |
Fecha de la disposición | 4 de Noviembre de 2016 |
VISTO:
La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), los Decretos Nros. 95/14,
114/16 y 411/16, la Resolución N°120/SSADS/16, el Expediente N° EX-2016-
16467515-DGSUMS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación tramita la adquisición de chapas y porta chapas
identificatorias con destino a la Policía Metropolitana;
Que el Decreto N° 1.145/09 aprobó la reglamentación del Artículo 85 de la Ley N°
2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) e implementó el Sistema Electrónico de
Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC);
Que el Ministro de Hacienda por Resolución N° 1.160/MHGC/11 aprobó las Normas de
Procedimiento de Compras y Contrataciones que realiza el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires
Compras (BAC);
Que por Disposición N° 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y
Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades
otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 y el Decreto N° 95/14 aprobó
el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que por Resolución N° 120/SSADS/16, se aprobó la Licitación Pública N° 2900-0763-
LPU16, y se adjudicó la adquisición de chapas y porta chapas identificatorias con
destino a la Policía Metropolitana, a la firma FEDERAL SERVICE S.A. los Renglones
Nros. 1 y 2, por un monto total de pesos cinco millones seiscientos cincuenta y cinco
mil ($5.655.000,00.-);
Que, en consecuencia, se entregó la Orden de Compra N° 2900-8048-OC16 a la firma
FEDERAL SERVICE S.A.;
Que en virtud de las crecientes necesidades operativas de la fuerza, la Dirección
General Suministros de Seguridad manifestó que existe la imprescindible necesidad
de ampliar la Orden de Compra precitada;
Que el Artículo 119 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454)
establece que una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede
aumentar el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%) de su valor original y en
los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el...
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