Resolucion n° 185

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición22 de Junio de 2006

RESOLUCION N° 185

Mendoza, 22 de junio de 2006

Visto: El Expediente N° 4.663-C-1993, por el cual el

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1°

Revócase en todos sus términos la Resolución N° 104/93 por las causales expresadas en los considerandos.

Artículo 2°

Emplázase a los titulares de las Sepulturas propias del Cuadro N° 18 del Cementerio de la Capital, y/o a quienes posean derechos sobre los restos depositados en las mismas cuya nómina se detalla a continuación, para que en el.

plazo

de

treinta

(30)

días

hábiles

se

presenten

en

la

Administración

de Cementerio a fin de hacerlos valer, bajo apercibimiento de que, una vez cumplido el plazo estipulado sin que fuese solicitado el traslado de los restos en las condiciones que fijan las Ordenanzas vigentes, la Administración de Cementerio procederá a exhumar los restos depositados y trasladarlos a los Nichos-Urna que a continuación se detallan:

Sepulturas Propias del Cuadro N° 18

Sepult.

Restos

Nicho-Urna de Destino

27

VERGARA, Ricardo y ots.

2074 ¬ñ 2° Fila Pab. ¬ìE¬î

35

MEDIETA, Nazaria y ot.

1818 ¬ñ 1° Fila Pab. ¬ìD¬î

46

MARTINEZ, Luis y ot.

1789 ¬ñ 2° Fila Pab. ¬ìD¬î

71

MICALES, Francisco

1744 ¬ñ 2° Fila Pab. ¬ìD¬î

153

AGUILERA, Segundo Domingo

1698 ¬ñ 1° Fila Pab. ¬ìD¬î

160

NAZARETTO, Antonio y ot.

3272 ¬ñ 2° Fila Pab. ¬ìE¬î

249

LUPORINI, Tomasa y ot.

3230 ¬ñ 5° Fila Pab. ¬ìE¬î

282

MOLINA RODRIGUEZ, Manuel

3165 ¬ñ 5° Fila Pab. ¬ìE¬î

359

BENGOLA, Juan y ot.

2354 ¬ñ 2° Fila Pab. ¬ìE¬î

398

DI PASCUALE, Sebastiana S. De

2309 ¬ñ 2° Fila Pab. ¬ìE¬î

408

CUELLO, Ramón Endecio

2292 ¬ñ 5° Fila Pab. ¬ìE¬î

416

GUARDIA, Paula R. Vda. de

3220 ¬ñ 5° Fila Pab. ¬ìG¬î

486

RUIZ, Pascual Inocencio

3755 ¬ñ 5° Fila Pab. ¬ìG¬î

470

PEREA, Antonio y ots

3739 ¬ñ 4° Fila Pab. ¬ìG¬î

502

VILLAFAÑE, Fidela Muñoz Vda. de

3771 ¬ñ 1° Fila Pab. ¬ìG¬î

538

RODRIGUEZ, Josefa M. Vda. de

3654 ¬ñ 4° Fila Pab. ¬ìG¬î

550

PORTILLA, Digna

3507 ¬ñ 2° Fila Pab. ¬ìG¬î

Artículo 3°

Procédase por el Departamento Cementerio, una vez vencido el plazo y términos dispuestos por el Artículo N° 1, a exhumar los restos depositados en las Sepulturas Propias del Cuadro N° 18 y al traslado de los mismos a los Nichos-Urna mencionados en el mismo artículo, en las mismas condiciones de titularidad y perpetuidad, todo ello conforma a la Ordenanza N° 3.121/92.

Artículo 4°

Por Departamento de Despacho de la...

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