Resolución Nº 1843/GCABA/MSGC/16
Firmantes | Bou Pérez |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 16 de Septiembre de 2016 |
VISTO:
La Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.454), el Decreto N° 95/ 14, la
Resolución Conjunta N°
5/MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/14 el Expediente
Electrónico 8.167.864-MGEYA-DGSAM-2016, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados la Dirección General de Salud Mental dependiente del
Ministerio de Salud propicia la locación administrativa de un inmueble de dominio de
terceros, con destino a Residencia Protegida para Adolescentes, de acuerdo a lo
comprometido con el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de
Faltas N° 11, en los autos caratulados "Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/
Habeas Corpus" y en concordancia con el Programa de Residencia Protegida, al
amparo del artículo 28 inciso 12 del Decreto N° 95/14;
Que contar con estas Residencias Protegidas para Adolescentes contribuye a dar una
respuesta a la problemática que se identifica en torno a aquellos adolescentes que
como producto de diversos factores tales como padecimiento mental, crítica situación
socioeconómica, cultural y familiar han sido excluidos de la trama vincular a la que
pertenecían;
Que la Dirección General de Administración de Bienes, dependiente del Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología, tomó intervención en lo actuado,
manifestando que luego de realizar una búsqueda de un inmueble dentro del área
establecida, la misma dio resultado negativo;
Que efectuada la búsqueda en el mercado inmobiliario, la citada Dirección General
localizó un inmueble sito en la calle Dr. Juan F. Aranguren 3837, entre las calles
Chivilcoy y Bahía Blanca, inscripto en la Matrícula N° FR 1 - 73508 del Registro de la
Propiedad Inmueble, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción 1 - Sección 77 -
Manzana 103 - Parcela 27 - Partida 1575;
Que el citado inmueble se encuentra ubicado en una zona de fácil acceso por contar
con la totalidad de los servicios de red, con lo cual se encontrarían cubiertas las
necesidades asistenciales exigidas para las Residencias Protegidas;
Que corresponde destacar que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
resulta de aplicación la Ley N° 2.095 (Ley de Compras y...
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