Resolución N° 184 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Junio de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición 2 de Junio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 112
CORDOBA, (R.A.) LUNES 7 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
estipulado por el artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado el Documento Contable - Nota de Pedido N°
2021/000147 que certica la reserva presupuestaria para atender la eroga-
ción que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 170/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad
a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimenta-
dos los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N° 800/2016,
modicado por Decreto 30/2018 y disposiciones de la Resolución Ministerial
Nº 223/216, atento a que se ha vericado una variación en los precios pon-
derados de los factores de costos del contrato superior al cinco por ciento
(5%) respecto a los valores contractuales vigentes, puede procederse a la
aprobación del nuevo monto del contrato de la obra, debiendo oportuna-
mente suscribir la adenda de contrato correspondiente, habida cuenta que
existe una modicación del precio contractual que produce consecuencias
jurídicas en la ejecución del contrato de obra pública de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 170/2021 y en uso de sus atribuciones (Ley 10.546, Decreto 1053/2018
y demás relacionados);
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Primera Adecuación Provisoria de Pre-
cios por variaciones de costos producidas en el mes de diciembre de
2020, de los trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “ MEJORAMIEN-
TO CAMINO DE LA RED TERCIARIA T-271-3 – TRAMO: RUTA PROVIN-
CIAL Nº 4 – ESTABLECIMIENTO EL GUANAQUITO - DEPARTAMENTO
PRESIDENTE ROQUE SÁENZ PEÑA, por la suma total de Pesos Cua-
tro Millones Quinientos Sesenta y Cinco Mil Setecientos Treinta y Siete
con Cuarenta y Tres Centavos ($ 4.565.737,43), conforme Formulario de
Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios suscripta con fecha 22
de marzo de 2021, por el Consorcio Caminero Único, representado por su
Presidente, señor Agustín PIZZICHINI, contratista de la obra, que como
Anexo I compuesto de dos (2) fojas, se acompaña y forma parte integrante
del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de
Pesos Cuatro Millones Quinientos Sesenta y Cinco Mil Setecientos Treinta
y Siete con Cuarenta y Tres Centavos ($ 4.565.737,43), conforme lo indica
la Dirección General de Administración de este Ministerio, en su Docu-
mento de Contabilidad – Nota de Pedido Nº 2021/000147, de acuerdo al
siguiente detalle, Jurisdicción 1.50, Programa 511-000, Partida 12.06.00.00
– Obras – Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Unidad Ejecutora a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 184
Córdoba, 02 de junio de 2021
Expediente N° 0045-023203/2021.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Director de la Dirección de Vialidad,
propicia se disponga la incorporación en el Plan de Inversión de Obras Públicas
para el Ejercicio Presupuestario Año 2021, de la obra: “PAVIMENTACION R.P. T
119-12 y T 119-13 – TRAMO: R.P. Nro. 1 – COLONIA SAN PEDRO – DEPARTA-
MENTO: SAN JUSTO”, en el marco del artículo 31 de la Ley Nº 9086.
Y CONSIDERANDO:
Que se insta el presente pedido a los nes de incorporar en el referido
Plan, la obra que se describe en la nota incorporada en autos, atento
que al momento de confeccionar el Presupuesto para el año 2021 no fue
individualizada, en razón de haber surgido la necesidad de su ejecución
con posterioridad a la fecha de elaboración del anteproyecto del Plan de
Inversión de Obras Públicas para el presente ejercicio presupuestario y
que se trata de una obra necesaria para contribuir al desarrollo del sector
agropecuario que estaría comprendida dentro del inciso a) del Artículo
33, Título VI de la Ley Nº 10.679, solicitando además que la obra de que se
trata sea afectada presupuestariamente en forma total en los años 2021 y
2022, en razón del plazo de ejecución.
Que el señor Director General de Administración de este Ministerio expresa
en autos, que la obra solicitada deberá ser individualizada en el Plan de Obras
del Ejercicio Presupuestario - Año 2021, en el “Programa 505”, incorporando
Planilla Anexa sobre el monto de los trabajos e informando que los mismos se-
rán compensados con los créditos asignados a la jurisdicción de este Ministe-
rio. Asimismo, aclara que los programas presupuestarios involucrados poseen
una obra nominada “Obras de Emergencias e Imprevistas sin Discriminar”.
Que obra Dictamen N° 216/2021 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio en el que se expresa que, atento las constancias agre-
gadas en autos y conforme lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley Nº 9086

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