Resolución N° 184 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición27 de Julio de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 182
CORDOBA, (R.A.), LUNES 18 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
presente resolución.
Artículo 4º: APRUÉBESE la reglamentación de los procedimientos
internos, en cuanto a la inobservancia de los requisitos de las presentacio-
nes estipuladas por RG 031/2.016, 045/2.016 y 015/2.017 de los títulos y
documentos que deben ser acompañados en los trámites de asociaciones
civiles y fundaciones, registro público y sociedades por acciones que se
inicien ante la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas, que
como anexo único y sus propios anexos forma parte integrante de la pre-
sente resolución.
Artículo 5°: DÉJENSE sin efecto la Resolución General N° 013/2.006,
y toda otra norma que se oponga a la presente.
Artículo 6°: La presente Resolución entrara en vigencia el mismo día
de su publicación ocial.
Artículo 7°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese, y archívese.
FDO: GUILLERMO GARCIA GARRO - DIRECTOR GENERAL DE INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
ANEXO: https://goo.gl/X5uukb
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 184
Córdoba, 27 de julio de 2017
Expediente N° 0047-002679/2013/R16.-
VISTO: este expediente en el que la Secretaría de Arquitectura propicia por
Resolución Nº 270/2017 la aprobación del Acta Acuerdo de Redetermi-
nación de Precio por Reconocimiento de la Sexta y Séptima Variación de
Costos correspondiente a los meses de octubre de 2016 y febrero de 2017,
por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: “Terminación de consulta ex-
terna, diagnóstico por imágenes, laboratorio y administración en el Edicio
del HOSPITAL PROVINCIAL DE UNQUILLO “DR. JOSÉ M. URRUTIA, ubi-
cado en calle 3 de Febrero N° 324 – UNQUILLO – DEPARTAMENTO CO-
LÓN – PROVINCIA DE CÓRDOBA, suscripta con fecha 3 de mayo de 2017
entre el señor Secretario de Arquitectura y el Apoderado de la Empresa
TEXIMCO S.A., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las previ-
siones del Decreto Nº 1231/2010, modicatorio de su similar N° 1133/2010,
lo dispuesto por Resolución Nº 013/2011 del entonces Ministerio de Obras
y Servicios Públicos, y artículo 29 del Pliego Particular de Condiciones.
Que mediante Decreto Nº 1324 de fecha 21 de noviembre de 2014 se
adjudicó la obra de que se trata a la Empresa TEXIMCO S.A., suscribién-
dose el día 18 de febrero de 2015 el contrato correspondiente y replanteán-
dose la obra con fecha 16 de marzo de 2015.
Que mediante Expediente Nº 0047-002679/2013/R13, se tramita la
aprobación de las Actas Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reco-
nocimiento de la Cuarta y Quinta Variación de Costos correspondientes a
los meses de febrero y mayo de 2016.
Que luce incorporada documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que la Jefatura de Área de Inspecciones y Certicaciones de la Secre-
taría de Arquitectura informa que los porcentajes de ejecución acumulados
al mes de setiembre de 2016 y enero de 2017, fueron del 83,95% y 98,32%,
respectivamente, habiéndose confeccionado Certicado Extraordinario de
Pago a Cuenta a favor de la contratista.
Que se ha incorporado en autos Resolución Nº 003/2017 de la Secre-
taría de Arquitectura por la cual se amplía el plazo de obra hasta el 30 de
abril de 2017.
Que la Sección Estudio de Costos de la citada Secretaría informa que
se han producido variaciones en el precio de la obra del 7,08% y 9,12%,
correspondiente a los meses de octubre de 2016 y febrero de 2017, respec-
tivamente, que implica un monto total a imputar de $ 302.797,16, importe
resultante de aplicar el monto contractual faltante de ejecutar, deducido el
10% de Utilidad Invariable y el 20% del Certicado Extraordinario de Pago
a Cuenta, los incrementos citados, ascendiendo el nuevo presupuesto de
la obra redeterminado a febrero de 2017, a la suma de $ 30.941.039,32.
Que asimismo, surge del referido informe, que en el nuevo presupues-
to de la obra se ha incluido la exención del Impuesto a los Ingresos Brutos
para la ejecución de la obra pública provincial, atento la vigencia de la Ley
Nº 10411.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores costos,
compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cual-
quier naturaleza, en los términos del artículo 16 del Anexo al Decreto Nº
1231/2010, modicatorio de su similar Nº 1133/2010.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N° 2017/000486,
que certica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo
gestionado implica.
Que se advierte que el monto del contrato de la obra de referencia
fue readecuado por Resolución Ministerial Nº 129/2017, recticatoria de su
similar Nº 066/2017, mediante la cual se aprobaron las readecuaciones de
los montos de los contratos de obras públicas abarcados por la exención
del Impuesto a los Ingresos Brutos incorporada por la Ley Nº 10411, en el
artículo 215 – inciso 32 del Código Tributario Provincial Nº 6006 – T.O.
por Decreto Nº 2015 y sus modicatorios, normativa de alcance general.
Que la Subsecretaría de Administración incorpora en estas actuacio-
nes Planilla Resumen de Cálculo, en la que se expresa que en relación a la
aplicación de la exención del impuesto sobre los Ingresos Brutos previstos
en la Ley Nº 10411, obran en autos los cálculos pertinentes que fueron
revisados en un todo de acuerdo a la fórmula aritmética prevista en el De-
creto Nº 259/2017, habiéndose aplicado la alícuota correspondiente.
Que en consecuencia, vericada la existencia de los supuestos que
tornan procedente la aplicación del citado régimen legal, la Secretaría de
Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación del precio del
contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta Acuerdo de Rede-
terminación de Precio por Reconocimiento de la Sexta y Séptima Variación
de Costos correspondiente a los meses de octubre 2016 y febrero de 2017
y que incluye la exención del pago del impuesto a los Ingresos Brutos (in-
ciso 32 del artículo 215 del Código Tributario Provincial).
Que obra Dictamen N° 241/2017 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio mediante el cual expresa que, de conformidad a
las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados
los extremos legales necesarios previstos por Decreto Nº 1133/2010 y su

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