Resolución N° 1823/MEIGC/19

EmisorMinisterio de Educación e Innovación
Fecha de la disposición25 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 1823/MEIGC/19
Buenos Aires, 18 de marzo de 2019
VISTO:
La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017), el Decreto Reglamentario Nº
326/GCABA/17 y su modificatorio Decreto 287/GCABA/18, la Resolución Conjunta Nº
5- SECLyT-MHGC-MMGC-MJGGC2014, el Expediente Electrónico Nº 30206538-
MGEYA-DGAR-2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la cláusula adicional de prórroga al contrato de
locación administrativa del inmueble sito en la calle Perú 1353/57/63/67 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con destino al funcionamiento de la Escuela de Comercio
Nº 4 y la Escuela de Comercio Nº 27 del Distrito Escolar 4° dependientes de este
Ministerio;
Que corresponde destacar que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
resulta de aplicación la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Nº 2095 (Texto
consolidado por Ley Nº 6017) reglamentada por el Decreto Nº 326/GCABA/17 y su
modificatorio Decreto 287/GCABA/18;
Que en dicha Ley, se encuentra encuadrada la locación de un inmueble por parte del
sector público de la misma. Que el artículo 25 de la referida Ley, dispone que para la
ejecución de los contratos que contempla, la regla general es “la licitación pública o
concurso público“, agregando en el artículo 26 que los procedimientos de selección del
contratista para tales operaciones son: a) Licitación o Concurso; b) Contratación
Directa y c) Remate o Subasta Pública;
Que oportunamente el contrato de locación administrativa fue aprobado por
Resolución Nº 3032-MEGC2016 y venció el día 11 de febrero de 2019;
Que la cláusula tercera del aludido contrato estipula la facultad del locatario para
prorrogar la vigencia del mismo;
Que por lo tanto, el marco jurídico en el que se halla encuadrada la prórroga de la
locación del inmueble como la que se plantea en las actuaciones del Visto, resulta del
Anexo I del Decreto Nº 326/GCABA/2017, artículo 28 inciso 12, apartado m):
"Finalizado el plazo estipulado en el contrato, el eventual uso de la prórroga previsto
en el mismo deberá plasmarse mediante la celebración de una cláusula adicional...";
Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el
inciso 12, artículo 28, del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/2017,
respecto a los apartados a) y b) y, en función de ello, la Dirección General
Administración de Bienes y Concesiones dependiente del Ministerio de Economía y
Finanzas, informa que luego de una exhaustiva búsqueda en el Registro Único de
Bienes Inmuebles (RUBI), surge que no existen en la actualidad inmuebles disponibles
de titularidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que posean las características
necesarias para los fines solicitados (IF-2018-30295332-DGABC);
Que tal situación motivó a la Dirección General de Administración de Recursos de este
Ministerio a realizar tratativas con el propietario del inmueble, que dieron como
resultado la prórroga del contrato de locación administrativa registrado en la Dirección
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5584 - 25/03/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR