Resolución N° 182

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición15 de Junio de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 113 CÓRDOBA, 18 de Junio de 20158
Resolución N° 75 Córdoba, 15 de junio de 2015
VISTO: El expediente Nº 0034-083604/2015.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona la adquisición de tres vehículos utilitarios, con destino a la Dirección General de Rentas.
Que a fs. 37 el Área Contrataciones informa que tal fin se realizaron las Subastas Electrónicas Inversas Nº 2015/000007, N° 2015/000010 y N° 2015/
000012 con un lance en cada una de las mismas y no habiéndose presentado ninguna oferta propicia dejar sin efecto las referidas Subastas Electrónicas
Inversas.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dispuesto en el artículo 27 inciso a) de la Ley Nº 10.155 y el artículo 6.2.3.2 del Decreto Reglamentario Nº
305/14 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 299/15,
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
R E S U E L V E :
Artículo 1º DEJAR SIN EFECTO las Subastas Electrónicas Inversas Nº 2015/000007, N° 2015/000010 y N° 2015/000012 realizadas con el objeto
de adquirir tres vehículos utilitarios con destino a la Dirección General de Rentas, atento lo expresado en considerandos.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CRA. SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
45 -primer párrafo- y concordantes del Código
Civil, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE
PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del
Estatuto Social, modificando los artículos 2°,
6°, 7° y 10 sancionada en Asamblea General
Extraordinaria de fecha 28 de Junio 2012 de
la entidad civil “CLUB DEPORTIVO LOS
UCLES” CUIT N° 30-70986070-0, con asiento
en la Localidad de San Antonio del Litin,
Provincia de Córdoba
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la
Personería Jurídica otorgada por Resolución
N° 218 “A” de fecha 12 de Diciembre de
1988-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Provincia, vuelva al Área de Asociaciones
Civiles y Fundaciones para la inscripción en el
registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACN -
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 179 Córdoba, 15 de junio de 2015
VISTO: El expediente Nº 0423-116307/2015, por el que el Ministerio de Gobierno y Seguridad
propicia readecuar el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que en virtud de los porcentajes establecidos en la Ley Provincial de Transito 8560, y por la
composición de los remanentes del ejercicio 2014 del recurso “Multas De Tránsito - Ley Nº 8560
Artículos 7 - 8 - Ley Nº 9160”, corresponde readecuar el Presupuesto General de la Provincia.
Que es menester readecuar los Programas 755- (C.E.) Seguridad Vial y Prevención - Cuenta
Especial Ley N° 8560, 758- (C.E.) Policía de la Provincia - Seguridad Vial y Prevención - Cuenta
Especial Ley N° 8560 y 761- (C.E) Comisión Provincial de Tránsito y Seguridad Vial - Cuenta
Especial Ley N° 8560.
Que asimismo, por la presente Resolución se propicia una modificación del Presupuesto General
en vigencia, incrementando el total de las Contribuciones y las Erogaciones Figurativas.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones legales vigentes de acuerdo con los
artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha manifestado su opinión
favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al
Nº 288/15,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º READECUAR la asignación de los recursos del Presupuesto General de la Administración
Provincial en vigencia de acuerdo detalle analítico incluido a continuación:
DISTRIBUCIÓN DE REMANENTES DE EJERCICIOS ANTERIORES
Jur Prog Código
recurso Denominación Incremento Disminución
110 755 2100000 0 Remanentes de Ejercicios Anteriores $43.500.000.-
110 758 2100000 0 Remanentes de Ejercicios Anteriores $36.250.000.-
110 761 2100000 0 Remanentes de Ejercicios Anteriores $7.250.000.-
TOTAL $43.500.000.- $43.500.000.-
Artículo 2º INCREMENTAR las Contribuciones y Erogaciones Figurativas del Presupuesto Gen-
eral de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido a
continuación:
CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS
Jur Prog Código Denominación Incremento
110 758 25010100 De Organismos y Programas que integran
el Ppto general $36.250.000.-
110 761 25010100 De Organismos y Programas que integran
el Ppto general $7.250.000.-
EROGACIONES FIGURATIVAS
Jur Prog Código Denominación Incremento
110 755 20010400 Cuentas Especiales o Recursos Afectados $43.500.000.-
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Presupuesto e
Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de
la Provincia y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 182 Córdoba, 15 de junio de 2015
VISTO: El expediente Nº 0711-116841/2015, por el que se propicia la ampliación del Fondo
Permanente “A” – GASTOS GENERALES de la Fuerza Policial Antinarcotráfico, creado por
Resolución N° 019/15 de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad de este Ministerio otorgar
conformidad para el funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciaten los
Servicios Administrativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y modificación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técnico-contable en relación a la
creación del Fondo Permanente requerido, habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería
y Crédito Público la intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requirente a los fines de la ampliación
propiciada para el correcto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección General de Tesorería y Crédito
Público a fs. 7 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 290/15,
MINISTERIO DE
FINANZAS

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