Resolución N° 181 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor22 de Abril de 2021
EmisorSecretaría General de la Gobernación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
7
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 77
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Artículo 4º: CONSIDÉRANSE inasistencias justicadas sin goce de
haberes los días comprendidos en la dispensa de asistencia al lugar de tra-
bajo – establecida en el artículo 4º de la Resolución Nº 141/2020, conforme
sustitución por artículo 1º de la Resolución Nº 711/2020 de esta Secretaría
General de la Gobernación -, solicitada por agentes de la Administración
Pública Provincial convocados a prestar servicios de carácter presencial
conforme lo dispuesto en los artículos 1º y 2º que, teniendo la posibilidad
de acceder a la vacunación, voluntariamente hayan optado por no vacu-
narse o no maniesten su voluntad de hacerlo antes del día 30 de abril de
2021 en el sitio https://vacunacioncovid19.cba.gov.ar/.
Artículo 5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y en la página web del Gobierno de la Provincia de Córdoba, y
archívese.
FDO.: LIC. JULIO COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N° 181
Córdoba, 19 de abril 2021
VISTO: La Resolución Nº 141/2020 de esta Secretaría General de la Go-
bernación, modicada por sus similares Nº 711/2020 y Nº 774/2020.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el citado instrumento se establecieron dispensas del
deber de asistencia al lugar de trabajo, con goce íntegro de sus remu-
neraciones, a determinados grupos de agentes que se desempeñan en
la Administración Pública Provincial, en atención a la situación sanitaria
vinculada con la propagación del COVID-19.
Que en su artículo 2º dispone la suspensión del deber de asisten-
cia al lugar de trabajo, a los agentes que sean contacto estrecho de
casos confirmados o sospechosos.
Que el artículo 4º - sustituido por el artículo 1º de la Resolución Nº
711/2020 -, atiende la situación de los denominados grupos de riesgo,
entendidos como aquellos en los que puede darse una evolución grave
del cuadro clínico en caso de contraer el virus.
Que el artículo 3º de la Resolución Nº 15/2021 de esta Secreta-
ría General de la Gobernación prorroga, mientras dure la situación de
pandemia, el plazo durante el cual deberá efectivizarse esta última dis-
pensa, disponiendo que deberá comunicarse exclusivamente a través
del módulo que a tal efecto se encuentra habilitado en la Plataforma
Informática Empleado Digital y estableciendo además que la misma
comenzará a regir una vez usufructuada la totalidad de licencias anua-
les ordinarias y francos compensatorios adeudados a los agentes al-
canzados.
Que el artículo 3º de la Resolución Nº 609/2020 de esta Secre-
taría General - modificado por el artículo 1º de la Resolución Nº
615/2020 - dispone que la presentación de la documentación que
acredite los extremos requeridos para el otorgamiento de la citada
dispensa - a excepción de la dispuesta en el inciso a) -, deberá
efectuarse utilizando la opción “Trámite Multinota” de la herramienta
e-trámites - disponible en la Plataforma Ciudadano Digital (CiDi)
- dentro de los diez (10) días corridos contados a partir de la noti-
ficación fehaciente efectuada por la Unidad de Recursos Humanos
de la Jurisdicción.
Que la Resolución Nº 000048/2021 de esta Secretaría General,
aprueba el procedimiento para la solicitud y evaluación de las dispen-
sas establecidas en los artículos 2º y 4º de la Resolución Nº 141/2020,
para el personal del escalafón docente de los establecimientos educa-
tivos de la Provincia.
Que en esta instancia resulta pertinente establecer un procedi-
miento específico de solicitud y evaluación de las dispensas en cues-
tión para el resto del personal de la Administración Pública Provincial,
derogando el citado artículo 3º de la Resolución Nº 609/2020.
Que corresponde sustituir el Anexo I a la mencionada Resolución
Nº 000048/2021, a fin de adoptar la misma solución que se establece
en el presente procedimiento para los contactos estrechos y para el
caso de rechazo de la solicitud de dispensa por parte de la Dirección
de Salud en el Trabajo.
Por ello, las facultades conferidas a esta Secretaría General de la
Gobernación por el Decreto Nº 16/2016 y sus modificatorios, y en uso
de sus atribuciones;
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE
Artículo 1°: APRUÉBASE el procedimiento para la solicitud y eva-
luación de las dispensas establecidas en los artículos 2º y 4º de la
Resolución Nº 141/2020 de esta Secretaría General de la Gobernación
- conforme sustitución por el artículo 1 de la Resolución Nº 711/2020 -
para el personal de la Administración Pública Provincial - con excepción
del perteneciente a las fuerzas de seguridad y al escalafón docente de
los establecimientos educativos de la Provincia -, conforme el Anexo
I que, compuesto de dos (2) fojas útiles, forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2º: DERÓGASE el artículo 3º de la Resolución Nº
609/2020 - modificado por el artículo 1º de la Resolución Nº 615/2020
- de esta Secretaría General de la Gobernación.
Artículo 3º: SUSTITÚYASE el Anexo I de la Resolución Nº
000048/2021 de esta Secretaría General de la Gobernación, por el
que obra como Anexo II que, compuesto de dos (2) fojas útiles, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y en la página web del Gobierno de la Provincia de Cór-
doba y archívese.
FDO.: JULIO COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
ANEXOS

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR