Resolución N° 180 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición26 de Julio de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 193
CORDOBA, (R.A.), MARTES 3 DE OCTUBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
mes.
A tales nes CEFAS S.A., deberá comunicar a la autoridad de aplicación,
dentro de los dos días previos al período de pago, todos los datos ban-
carios a los efectos de hacer efectivo el depósito de la ayuda a los tra-
bajadores beneciarios de la misma como asimismo cualquier novedad
que pudiera producirse en relación a la correcta identicación y situación
laboral de los trabajadores beneciarios.
Artículo 4°.- El cobro de la AYUDA y ASISTENCIA ECONÓMICA crea-
da por el presente decreto será incompatible, cualquiera sea la jurisdicción
de donde provengan, con la percepción de:
1.-Prestaciones contributivas por desempleo;
2.-Prestaciones previsionales;
3.-Otras ayudas económicas provenientes de programas de empleo.
Artículo 5°.-El Ministerio de Trabajo es la Autoridad de Aplicación del
programa instituido por este decreto, y dictará todos aquellos actos que
permitan la mejor y más rápida consecución de sus nes.
Artículo 6°.-El Ministerio de Trabajo gestionará ante el Ministerio de Fi-
nanzas las adecuaciones presupuestarias correspondientes para atender
el gasto que demande la aplicación de la presente medida.
Artículo 7°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Trabajo y Fiscal de Estado.
Artículo 8°.-PROTOCOLÍCESE,comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / OMAR HUGO SERENO, MINISTRO DE
TRABAJO / JORGE E. CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 180
Córdoba, 26 de julio de 2017
Expediente N° 0047-002041/2013/R21.-
VISTO: este expediente en el que la Secretaría de Arq uitectur a propic ia
por Resolución Nº 320/2017, la aprobación del Acta Acuerdo de Re-
determinación de Precio por Reconocimiento de la Primera, Segunda,
Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima Variación de Costos corres-
pondientes a los meses de marzo, mayo y agosto de 2014, marzo, junio
y septiembre de 2015 y enero de 2016, de los TRABAJOS MODIFI-
CATORIOS de medición, certificación y pago de los ítems a reajuste
consistentes en: 1) Excavación y 2) HºAº para Pilotes “in situ” en la
Obra: “Estudio de Suelos, Desarrollo del Proyecto de Ingeniería de De-
talles de Estructura y de la totalidad de las instalaciones de cada Edi-
ficio en particular, con Ajuste de Proyectos Ejecutivos de Arquitectura
y Ejecución de las Construcciones o Ampliaciones según corresponda,
con Sistema Constructivo Prefabricado de Hormigón Armado en los
Establecimientos que a continuación se detallan: ESCUELA PRIMARIA
Y JARDÍN DE INFANTES “CORONEL PRINGLES”, Avenida Leopoldo
Reina (entre calle Catamarca y Buenos Aires) – SINSACATE – Depar-
tamento Totoral; I.P.E.M. N° 143 “JOSÉ MARÍA PAZ”, Calle Almirante
Brown s/n (entre J. Marengo y P. Albarracín) – Oliva – Departamento
Tercero Arriba e I.P.E.M. N° 83 “Dr. RENÉ FAVALORO”, calle Francisco
Lauret esquina Ernesto Lauret – Colonia Tirolesa – Departamento Co-
lón – Provincia de Córdoba”, suscripta el día 17 de mayo de 2017, entre
el Secretario de Arquitectura y la Apoderada de la Empresa ASTORI
CONSTRUCCIONES S.A., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las
previsiones del Decreto Provincial Nº 1231/2010, modificatorio de su
similar N° 1133/2010, lo dispuesto por Resolución N° 013/2011 del en-
tonces Ministerio Obras y Servicios Públicos y lo establecido por el
artículo 30 del Pliego Particular de Condiciones.
Que mediante Decreto N° 1176/2015 se autorizaron los trabajos
modificatorios de medición, certificación y pago de los ítems a reajuste
consistentes en: 1) Excavación y 2) HºAº para pilotes “in situ” en la
Obra principal, que fuera adjudicada por Decreto Nº 297/2014, a la
Empresa ASTORI CONSTRUCCIONES S.A., suscribiéndose la corres-
pondiente Addenda de
Contrato con fecha 10 de marzo de 2016.
Que luce incorporada documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que se ha incorporado en autos Resolución Nº 174/2017 de la Se-
cretaría de Arquitectura por la cual se amplía el plazo de la obra princi-
pal hasta el 30 de mayo de 2017.
Que la Sección Estudio de Costos de la Secretaría de Arquitectu-
ra informa que se han producido variaciones en el precio de los tra-
bajos modificatorios de la obra principal del 7,75%, 10,07%, 8,00%,
7,64%, 10,15%, 7,53% y 7,05%, correspondientes a los meses de mar-
zo, mayo y agosto de 2014, marzo, junio y septiembre de 2015 y enero
de 2016, respectivamente, que implica un monto total a imputar de $
1.825.225,95, importe resultante de aplicar al monto contractual base
de los ítems a reajuste faltantes de ejecutar, deducido el 10% de uti-
lidad invariable, los incrementos citados, ascendiendo el nuevo precio
de obra al mes de enero de 2016 a la suma de $ 4.716.637,48.
Que asimismo, conforme los cálculos realizados por la mencionada
Sección, se ha incluido en el nuevo presupuesto de la obra, la exención
del Impuesto a los Ingresos Brutos para la ejecución de la obra pública
provincial, atento la vigencia de la Ley Nº10411.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores cos-
tos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de
cualquier naturaleza en los términos del artículo 16 del Anexo al Decre-
to Nº 1231/2010 modificatorio del Decreto N° 1133/2010.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N°
2017/000499 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Que se advierte que el monto del contrato de la obra de referencia
fue readecuado por Resolución Ministerial Nº 128/2017, mediante la
cual se aprobaron las readecuaciones de los montos de los contratos
de obras públicas abarcados por la exención del impuesto a los Ingre-
sos Brutos incorporada por la Ley Nº 10411, en el artículo 215 – inciso

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