Resolución N° 18 - Letra: D 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor11 de Febrero de 2022
EmisorMinisterio de finanzas
VIERNES 11 DE FEBRERO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 34
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 18 - Letra: D ................................................... Pag. 1
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 23 ................................................................... Pag. 2
Resolución N° 24 ................................................................... Pag. 3
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 467 ................................................................. Pag. 3
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 210 ................................................................. Pag. 4
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL
Y RECUPERO DE VIVIENDAS SOCIALES
Resolución N° 42 ................................................................... Pag. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA COMPRAS, PRESUPUESTO
E INVERSIONES PÚBLICAS
Resolución N° 1 - Letra: D ..................................................... Pag. 6
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 18 - Letra:D
Córdoba, 09 de febrero de 2022
VISTO: El expediente Nº 0027-081374/2022.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se iniciaron, a instancia de la señora
Directora General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Per-
sonas, para la “adquisición de equipos identicatorios destinados a 245
ocinas de Registros Civiles de la Provincia de Córdoba”.
Que, denidas las Condiciones de Contratación –Generales y Particula-
res-, habiéndose optado por el procedimiento de selección de Subasta Elec-
trónica Inversa – Cotización N° 2022/000001 y publicitado el llamado de rigor
en el Boletín Ocial y en el Portal Web Ocial de Compras y Contrataciones,
conforme lo establece el Artículo 8 Punto 8.2.2.2.1 del Decreto N° 305/14 regla-
mentario de la Ley N° 10.155, nalmente se practicó la subasta programada,
generándose a su tiempo la consecuente Acta de Prelación, en los términos
del Artículo 8.2.2.4.1, con detalle de la única postura formulada, esto es, ID
GROUP S.A. (CUIT 30-70805310-0), por el valor de pesos treinta y un millones
noventa y tres mil novecientos treinta ($ 31.093.930,00).
Que convocada ID GROUP S.A., para validar su oferta, la citada rma
acompañó documentación al efecto, la que habiendo sido analizada por la
señora Directora General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las
Personas, en tanto Órgano Requirente, la misma concluye que la aludida
propuesta no cumple con lo solicitado en el artículo 4 del Pliego de Especi-
caciones Técnicas, sin pérdida de lo cual advierte la necesidad de realizar
cambios en el citado Pliego y es por ello que propicia dejar sin efecto el
procedimiento de selección en curso.
Que de las constancias de autos, no surge la adjudicación de la provi-
sión proyectada, por tanto, no media en el caso de marras perfección nin-
guna de contrato alguno, razón por la cual, la solución de continuidad que
últimamente impulsa la señora Directora General del Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas, es procedente.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los ar-
tículos 27 inciso a) de la Ley N° 10.155 y 6 Puntos 6.2.3.1 y 6.2.3.2 del
Decreto N° 305/14, reglamentario de la Ley N° 10.155 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de la Dirección de Jurisdicción Asuntos
Legales de este Ministerio al N° 41/2022,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º DEJAR SIN EFECTO la Subasta Electrónica Inversa – Co-
tización N° 2022/000001 realizada con el objeto de “adquisición de equipos
identicatorios destinados a 245 ocinas de Registros Civiles de la Pro-
vincia de Córdoba”, atento lo expresado en considerandos de la presente
Resolución.
Artículo 2º AUTORIZAR al Servicio Administrativo de este Ministerio
a realizar los ajustes contables pertinente a los nes de lo dispuesto en el
Artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
RESOLUCION DIGITAL N° 2022/D-00000018
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

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