Resolución N° 18 - Letra: D 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 11 de Febrero de 2022 |
Emisor | Ministerio de finanzas |
VIERNES 11 DE FEBRERO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 34
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 18 - Letra: D ................................................... Pag. 1
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 23 ................................................................... Pag. 2
Resolución N° 24 ................................................................... Pag. 3
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 467 ................................................................. Pag. 3
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 210 ................................................................. Pag. 4
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL
Y RECUPERO DE VIVIENDAS SOCIALES
Resolución N° 42 ................................................................... Pag. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA COMPRAS, PRESUPUESTO
E INVERSIONES PÚBLICAS
Resolución N° 1 - Letra: D ..................................................... Pag. 6
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 18 - Letra:D
Córdoba, 09 de febrero de 2022
VISTO: El expediente Nº 0027-081374/2022.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se iniciaron, a instancia de la señora
Directora General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Per-
sonas, para la “adquisición de equipos identicatorios destinados a 245
ocinas de Registros Civiles de la Provincia de Córdoba”.
Que, denidas las Condiciones de Contratación –Generales y Particula-
res-, habiéndose optado por el procedimiento de selección de Subasta Elec-
trónica Inversa – Cotización N° 2022/000001 y publicitado el llamado de rigor
en el Boletín Ocial y en el Portal Web Ocial de Compras y Contrataciones,
conforme lo establece el Artículo 8 Punto 8.2.2.2.1 del Decreto N° 305/14 regla-
mentario de la Ley N° 10.155, nalmente se practicó la subasta programada,
generándose a su tiempo la consecuente Acta de Prelación, en los términos
del Artículo 8.2.2.4.1, con detalle de la única postura formulada, esto es, ID
GROUP S.A. (CUIT 30-70805310-0), por el valor de pesos treinta y un millones
noventa y tres mil novecientos treinta ($ 31.093.930,00).
Que convocada ID GROUP S.A., para validar su oferta, la citada rma
acompañó documentación al efecto, la que habiendo sido analizada por la
señora Directora General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las
Personas, en tanto Órgano Requirente, la misma concluye que la aludida
propuesta no cumple con lo solicitado en el artículo 4 del Pliego de Especi-
caciones Técnicas, sin pérdida de lo cual advierte la necesidad de realizar
cambios en el citado Pliego y es por ello que propicia dejar sin efecto el
procedimiento de selección en curso.
Que de las constancias de autos, no surge la adjudicación de la provi-
sión proyectada, por tanto, no media en el caso de marras perfección nin-
guna de contrato alguno, razón por la cual, la solución de continuidad que
últimamente impulsa la señora Directora General del Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas, es procedente.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los ar-
tículos 27 inciso a) de la Ley N° 10.155 y 6 Puntos 6.2.3.1 y 6.2.3.2 del
Decreto N° 305/14, reglamentario de la Ley N° 10.155 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de la Dirección de Jurisdicción Asuntos
Legales de este Ministerio al N° 41/2022,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º DEJAR SIN EFECTO la Subasta Electrónica Inversa – Co-
tización N° 2022/000001 realizada con el objeto de “adquisición de equipos
identicatorios destinados a 245 ocinas de Registros Civiles de la Pro-
vincia de Córdoba”, atento lo expresado en considerandos de la presente
Resolución.
Artículo 2º AUTORIZAR al Servicio Administrativo de este Ministerio
a realizar los ajustes contables pertinente a los nes de lo dispuesto en el
Artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
RESOLUCION DIGITAL N° 2022/D-00000018
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
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