Resolución N° 179/SSPECT/19

EmisorMinisterio de Educación e Innovación
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 179/SSPECT/19
Buenos Aires, 7 de diciembre de 2019
VISTO: La Leyes Nacionales Nros. 24.521, 26.058 y 26.206, las Resoluciones CFE
Nros. 238/05, 261/06 y 295/16, las Leyes Nros. 33, 5.460 (texto consolidado por Ley
N° 6.017) y 5.960, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros.
1.384-MEGC/09, 2.792-MEGC/10, 11-MEGC/17 y 541-MEGC/18, el Expediente
Electrónico N° 27.857.197/MGEYA-DGEGP/19, y
CONSIDERANDO:
Que tramita por estos actuados la aprobación el Plan de Estudios de la "Tecnicatura
Superior en Periodismo con orientación en deportes" presentado por el Instituto
"Escuela Superior de Periodismo Deportivo José R. López Pájaro", incorporado a la
enseñanza oficial (A-777).
Que conforme dispone el artículo 35 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la
Educación Superior está regulada por la Ley de Educación Superior N° 24.521 y por la
Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058, en lo que respecta a los institutos
educativos de formación técnica superior;
Que la Resolución CFE N° 238/05 aprueba el "Acuerdo Marco para la Educación
Superior No Universitaria Áreas Humanística, Social y Técnico-Profesional -";
Que de acuerdo con lo establecido por la normativa nacional vigente, el inicio del
trámite para la obtención de la validez nacional correspondiente a títulos y certificados
de estudios de formación técnico superior está regulado por las Resoluciones CFE
Nros. 261/06 y 295/16;
Que la Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058 tiene por objeto regular y
ordenar dicha modalidad educativa, tanto en los Niveles Secundario y Superior como
en la Formación Profesional;
Que la Ley N° 5.460 y su modificatoria, Ley N° 5.960, establece que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministerios, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que les confiere dicha ley;
Que en ese orden de ideas, corresponde al Ministerio de Educación e Innovación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado, a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que la Ley N° 33 establece que "La validez de todo nuevo plan de estudios o de
cualquier modificación a ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes
de estudios vigentes en los establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad
y tipo de gestión dependientes o supervisados por la Secretaría de Educación del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, estará sujeta a que las mismas sean objeto
de aprobación por dicho organismo, mediante el dictado de una resolución fundada
para cada caso";
Que mediante Decreto N° 363/15, y sus modificatorios, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y se modificó la estructura organizativa de Ministerio de Educación e Innovación;
Que es objetivo primordial del Ministerio de Educación e Innovación desarrollar
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5769 - 27/12/2019

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