Resolución N° 179 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor30 de Mayo de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 108
CORDOBA, (R.A.) LUNES 30 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
lizada, en razón de haber surgido la necesidad de su ejecución a través del
mismo, con posterioridad a la fecha de elaboración del anteproyecto del Plan
de Inversión de Obras Públicas para el presente ejercicio presupuestario.
Que el Director de la Dirección de Vialidad solicita que la obra sea afec-
tada presupuestariamente en el año 2022 y 2023, en razón de “…la altura
del año en la cual nos encontramos…”.
Que el señor Director General de Administración de este Ministerio expresa
que la obra solicitada deberá ser individualizada en el Plan de Obras del Ejer-
cicio Presupuestario - Año 2022, en el “Programa 504-002”, incorporando Pla-
nilla Anexa sobre el monto de los trabajos e informando que los mismos serán
compensados con los créditos asignados a la jurisdicción de este Ministerio.
Asimismo, aclara que los programas presupuestarios involucrados poseen una
obra nominada “Obras de Emergencias e Imprevistas sin Discriminar”.
Que obra Dictamen N° 196/2022 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio en el que se expresa que, atento las constancias agre-
gadas en autos y conforme lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley Nº 9086 y
artículo 2º del Cuerpo Normativo Unicado del Sistema Integrado de Adminis-
tración Financiera aprobado por el artículo 1º de la Resolución Nº 3/2018 de
la Secretaría de Administración Financiera del Ministerio de Finanzas, puede
dictarse el acto administrativo conforme lo propiciado en autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
196/2022 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- DISPÓNESE la incorporación en el PLAN DE OBRAS
PÚBLICAS - AÑO 2022 – “Programa 504-002” de la obra: “PAVIMENTA-
CIÓN RP. 28 – TRAMO: TANINGA – TALA CAÑADA – DPTO. POCHO”, con-
forme planilla que como Anexo I compuesta de una (1) foja, se acompaña
y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase a la Dirección General de Administración de este Mi-
nisterio, dese intervención a la Subsecretaría de Compras, Presupuesto e
Inversiones Públicas y a la Contaduría General de la Provincia y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 179
Córdoba, 26 de mayo de 2022
Expediente Nº 0427-085522/2022.-
VISTO: este expediente en el que constan las actuaciones relacionadas
con la ejecución de la obra: “ESTABLECIMIENTO: CENTRO DE DESA-
RROLLO INFANTIL – TIPOLOGÍA 2B – CONSTRUCCIÓN DE UN EDIFI-
CIO NUEVO – UBICACIÓN: LOCALIDAD DE ISLA VERDE – DEPARTA-
MENTO MARCOS JUAREZ - CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos nota del Secretario de Gestión Administrativa del
Ministerio de Desarrollo Social instando el presente trámite a los nes de la
autorización correspondiente para la ejecución de la obra de referencia, de
conformidad a las previsiones del Decreto Nº 180/2008.
Que se ha agregado en autos informes respectivos sobre la individua-
lización, accesibilidad, ubicación y servicios de electricidad, agua potable
y gas del lote. Asimismo, se ha incorporado, Memoria Descriptiva del Mi-
nisterio de Desarrollo Social, Planos, Pliego Particular de Especicaciones
Técnicas, Nota al Ministerio de Obras Públicas de la Nación, Cómputo y
Presupuesto General, Curva de Inversión y Factores de Costos del Presu-
puesto (Decreto N° 800/16), rubricados por el Director de Jurisdicción de
Hábitat del Ministerio de Desarrollo Social.
Que de la documentación incorporada en autos surge que el Presu-
puesto Ocial asciende a la suma de $ 41.527.639,17 calculado al mes de
julio del 2021, con un plazo de ocho (8) meses para la ejecución de la obra.
Que, mediante informe técnico, el Secretario de Arquitectura, junto a
la Directora General de Proyectos y el Área Gestión Administrativa otor-
gan visto bueno a la documentación obrante en autos, entendiendo que el
proyecto elaborado resulta correcto desde el punto de vista técnico, ma-
nifestando que puede servir de base para la contratación de los trabajos
propiciados.
Que habiendo tomado intervención la Sección Estudio de Costos de la
Secretaría de Arquitectura, evalúa el presupuesto de obra, informando que
el mismo es “…a valores de Julio de 2021…”, “...no presentan variaciones
signicativas a valores del mercado”.
Que conforme lo previsto en el artículo 3 del Decreto Nº 180/08, el Mi-
nisterio de Desarrollo Social deberá respetar las disposiciones de la Ley de
Obras Públicas Nº 8.614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10.417
y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en
relación al procedimiento de contratación.
Que obra Dictamen Nº 201/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las
disposiciones de la Ley Nº 8.614, modicada por Ley Nº 10.417, Decretos
Reglamentarios Nº 4.757/77 y Nº 4.758/77, entiende que atento que la obra
supera el índice trescientos (300) resulta oportuno dictar el instrumento
legal por el cual se apruebe la ejecución de la misma, manifestando ex-
presamente que se deberá dar cumplimiento a la precitada normativa a lo
largo de todo el procedimiento, en especial a lo dispuesto en el artículo 7
del Decreto Nº 1.419/2017, con las observaciones allí formuladas. Asimis-
mo, se advierte que, la repartición de origen deberá acreditar los extremos
legales necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 3 de la
Ley N° 8.614.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
201/2022 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Desarrollo Social

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