Resolución N° 1781/SSGRH/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 1781/SSGRH/18
Buenos Aires, 23 de agosto de 2018
VISTO:
La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666) y el Expediente Electrónico Nº
18483315/MGEYA-AGC/2018, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471, la relación de
empleo público se extingue por renuncia del trabajador;
Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que "en caso de
renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse
dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo
de personal y caso contrario se dará por aceptada la renuncia";
Que según surge del expediente citado en el Visto, la agente Mariana Esther
Menajovsky, CUIL. 27-22589260-7, presentó su renuncia a partir del día 2 de julio de
2018, de la Subgerencia Operativa Auditorías Integrales Programadas, de la Gerencia
Operativa Inspección Polivalente, de la Dirección General Fiscalización y Control, de la
Agencia Gubernamental de Control (AGC);
Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el
plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que,
por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de lo
prescripto en el artículo 65 de la Ley N° 471;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE
Artículo 1°.- Téngase por aceptada a partir del día 2 de julio de 2018, la renuncia
presentada por la agente Mariana Esther Menajovsky, CUIL. 27-22589260-7, de la
Subgerencia Operativa Auditorías Integrales Programadas, de la Gerencia Operativa
Inspección Polivalente, de la Dirección General Fiscalización y Control, de la Agencia
Gubernamental de Control (AGC), deja partida 2662.0540.IVE.MED.06.IVE.0304, en el
marco de lo establecido en el artículo 65 de la Ley Nº 471, destacándose que por
Resolución N° 395/AGC/2016 se otorgó licencia extraordinaria sin goce de haberes, a
partir del 1 de julio de 2016 y hasta el 30 de junio de 2017, prorrogada por Resolución
N° 242/AGC/2017.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales Administración y
Liquidación de Haberes y Asuntos Laborales y Previsionales, de esta Subsecretaría,
del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Dirección General Fiscalización y
Control, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), la que deberá practicar
fehaciente notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución.
Cumplido, archívese. Domeniconi
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5456 - 13/09/2018

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