Resolucion N° 178 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor19 de Diciembre de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 203
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 18 DE OCTUBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
obra de referencia, previa confección y suscripción del Acta de Adhesión
referida en el análisis precedente;
Que a fs. 75/78, se agrega Acta Acuerdo por Redeterminación de Pre-
cios, suscripta entre la Secretaría de Arquitectura y la Comuna de Villa
Gutiérrez, con fecha 13/03/2017;
ATENTO ELLO
EL SEÑOR SECRETARIO DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º. APROBAR el Acta Acuerdo por Redeterminación de
Precios por Variación de Costos, correspondiente a los meses de MAR-
ZO/2014, MAYO/2014, AGOSTO/2014, FEBRERO/2015, JUNIO/2015 SEP-
TIEMBRE/2015, FEBRERO/2016, MAYO/2016 y NOVIEMBRE/2016 de la
obra: “AMPLIACION DE SANITARIOS, PATIO CUBIERTO Y COCINA en
el CBU RURAL ANEXO I.P.E.M. N° 340, ubicado en la Localidad de VILLA
GUTIERREZ – Departamento ISCHILIN – Provincia de Córdoba”, suscrip-
ta entre el Señor Secretario de Arquitectura y la Comuna de Villa Gutié-
rrez, obrante a fs. 75/78, la que a los efectos pertinentes forma parte de
la presente Resolución como Anexo I, compuesta de CUATRO (4) fojas y
consecuentemente autorizar la inversión de la suma de PESOS QUINIEN-
TOS CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO SEIS CON NOVENTA Y NUEVE
CENTAVOS ($ 545.106,99.-), para atender la diferencia a abonar por dicho
concepto a la mencionada Empresa, conforme las razones expresadas en
considerando que se dan por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2°. IMPUTAR el egreso conforme lo indica la Dirección
de Administración del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
en Nota de Pedido Nº 2017/000311 (fs. 81) con cargo al Programa 506-005
– PARTIDAS 12.06.00.00 – Obras Ejecución por Terceros del P.V.-
ARTICULO 3°. PROTOCOLICESE, Intervenga Dirección de Adminis-
tración del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, tome razón
el Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en el Boletín
Ocial y PASE a la Jefatura de Área de Inspecciones y Certicaciones, a
sus efectos.-
FDO: ARQ. DANIEL REY, SECRETARIO DE ARQUITECTURA
anexo: https://goo.gl/NqrFTJ
Resolución N° 178
Córdoba, 31 de marzo de 2017
EXPEDIENTE N* 0047-003759/2014 – REFERENTE Nº 1.-
VISTO este Referente en el que a fs. 2, mediante Nota de fecha 22 de
junio de 2016 presentada por la Empresa SADIC S.A., contratista de la
obra: “EJECUCION NUEVO GRUPO SANITARIO, REPARACIONES GE-
NERALES EN SUM, PATIOS e INSTALACIONES ELECTRICAS Y SANI-
TARIAS Y EJECUCION DE PERGOLA en el I.P.E.M. N° 123 PROFESORA
BLANCA ETCHEMENDY, ubicado en Calle Reconquista esquina Bermejo
– B° Villa El Libertador – CORDOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL, solicita
Redeterminación de Precios de la mencionada obra en el marco de las
disposiciones del Decreto N° 1133/10 recticado por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 3/14 de folio único N° 37, corre agregada la documentación
presentada por la contratista, fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a fs. 5/31
documentación relacionada con la ejecución de la obra que se trata, de
la que se desprende que la adjudicación de los mencionados Trabajos se
perfeccionó mediante Resolución N° 895 de la entonces Dirección General
de Arquitectura, con fecha 01/12/2015, habiéndose suscripto el Contrato
correspondiente con fecha 26/05/2016, replanteándose los trabajos con
fecha el 11/05/2016;
Que a fs. 32 División Certicaciones informa que no se ha confecciona-
do Certicado Extraordinario de Pago a Cuenta, y que los partes emitidos
desde el replanteo a Julio/2016 es del 100%;
Que a fs. 40/55, toma participación Sección Costos, elaborando pla-
nilla e informe del que surge que atento lo dispuesto por los artículos 4, 8,
9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010, recticado por su similar Nº 1231/2010
y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se vericó una
primera variación de costos a partir del mes de OCTUBRE/2015 del 7,24%,
luego una segunda variación de costos al mes de MARZO/2016 del 8,61%,
y nalmente una tercera variación de costos al mes de MAYO/2016 del
11,19%, por lo que se procedió a calcular los Factores de Redetermina-
ción (Fri) correspondientes, vericándose una primera variación de costos
a partir del mes de OCTUBRE/2015, CON UN PORCENTAJE DEL 6,52%,
habiéndose aplicado los Números Indice publicados mensualmente en el
ANEXO DEL CUADERNILLO INDEC INFORMA, a valores del mes ante-
rior a dicha fecha y a valores del mes anterior al de la fecha de cotización
(AGOSTO/2015). A continuación se constato una segunda variación de
costos a partir del mes de MARZO/2016 con un porcentaje del 7,75%, ha-
biéndose aplicado los Números del Nivel General del Indice del Costo de la
Construcción del Gran Buenos Aires, publicados mensualmente por el IN-
DEC, a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes anterior
a la ultima variación (OCTUBRE/2015). Finalmente se detecto una tercera
variación de costos a partir del mes de MAYO/2016 con un porcentaje del
10,07%, utilizándose idéntica metodología a la detallada precedentemente,
con valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes anterior a
MARZO/2016, resultando un total a reconocer a la contratista por dicho
concepto la suma de $ 492.252,87.- por lo que el nuevo presupuesto de
obra redeterminado a MAYO/2016 asciende a $ 2.361.583,00.- A fs. 57 la
Dirección de Jurisdicción Obras, Licitaciones y Contrataciones, propicia la
continuidad del trámite;
Que a fs. 73, mediante Dictamen N° 143/2017, División Jurídica expre-
sa conforme las actuaciones agregadas en autos y el referido análisis de fs.
40/55 elaborado por Sección Costos, no existe objeción de Orden Jurídico
formal para proceder a la Redeterminación solicitada;
Que respecto de los análisis técnicos y contables, ese Servicio Asesor
no abre juicio por cuanto escapa al ámbito de su competencia material;
Que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos Provincial N°
1133/10 y 1231/10 y el Decreto N° 2000/15, puede el Señor Secretario de
Arquitectura aprobar lo actuado y dictar Acto Administrativo haciendo lugar
a la Redeterminación de que se trata, salvo mejor opinión al respecto;
Que a fs. 74/76, se agrega Acta Acuerdo por Redeterminación de Pre-
cios, suscripta entre la Secretaría de Arquitectura y la Empresa SADIC
S.A., con fecha 08/03/2017;
ATENTO ELLO

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