Resolución N° 177

EmisorSecretaría de Ambiente y Cambio Climático
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 103
CORDOBA, (R.A.) LUNES 4 DE JUNIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
ARTÍCULO 2°.- ASIGNAR al Agente que se detalla en el artículo anterior
la siguiente facultad:
• Invitareintimaracontribuyentesyresponsablesalcumplimientodelas
obligaciones scales.
ARTÍCULO 3°.- DEJAR SIN EFECTO las funciones asignadas a la Lic. Ma-
ría Natalia RUOLO - D.N.I. Nº 25.608.943 otorgadas mediante Resolución
General Nº 2137/2017 (B.O. 01-09-2017).
ARTÍCULO 4°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFI-
CIAL, NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y ARCHÍVESE.
FDO.: HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE AMBIENTE Y CAMBIO
CLIMÁTICO
Resolución N° 177
Córdoba, 27 de abril de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 0517-021973/2016, por el cual se plantea la necesidad de
“Establecer la Habilitación de Pesca Deportiva en la Laguna Del 7, Depar-
tamento Roque Sáenz Peña”, de conformidad con la Ley N° 4.412 y mod.
7.343 y a las atribuciones conferidas por la Ley N° 10.337.
Y CONSIDERANDO:
Que los Recursos Naturales pertenecen al dominio provincial y en virtud de
ello, la Provincia de Córdoba regula todo lo relativo a su aprovechamiento,
resguardo, conservación y uso sustentable en un todo de conformidad a lo
prescripto en el art. 124, último párrafo de la Constitución Nacional.
Que de conformidad a lo establecido por la Ley N°10.337, el Ministerio de
Agua, Ambiente y Servicios Públicos, a través de la Secretaría de Ambien-
te y Cambio Climático, es competente en todo lo atinente a la regulación
referida a la fauna, caza y pesca en la Provincia, para establecer la tempo-
rada de pesca y sus modalidades, época, lugar, áreas habilitadas y cupos,
teniendo en consideración los conocimientos técnicos y cientícos existen-
tes, y las modicaciones ambientales sufridas en el medio
.
Que a fj. 11, se glosa copia el de Resolución N°394, de fecha 16 de no-
viembre de 2016, emitida por esta Secretaría de Ambiente y Cambio Cli-
mático, por la cual se resuelve establecer la veda de pesca deportiva en
la “Laguna Del 7”, ubicada en el Departamento Roque Sáenz Peña de la
Provincia de Córdoba; a partir de la publicación de dicha resolución en el
boletín ocial, hasta el 31 de mayo de 2018 inclusive; pudiendo la autoridad
de Aplicación adelantar o atrasar esta última fecha en caso de conside-
rarlo necesario por razones técnicas, biológicas o de conservación de la
especie.
Que a fs. 17/19, se incorpora Informe Técnico, de fecha 22 de marzo de
2018, elaborado por el Área de Gestión de Recursos Naturales, en el cual
se sugiere HABILITAR la pesca deportiva en dicha Laguna a partir del 01
de mayo de 2018 por el término de un año a partir de la fecha, con un cupo
o pieza de 30 (treinta) ejemplares por pescador por día. Todo ello estando
supeditado a las normativas vigentes de la actividad pesquera-deportiva.
Asimismo, se sugiere realizar controles periódicos (muestreos poblacio-
nales) a n de evitar superpoblación de la especie pejerrey (Odonthesis
bonariensis).
Que a fs. 21/22, la Jefatura de Área Dictámenes bajo Dictamen Legal N°
110/18, maniesta que en virtud de lo informado por el Área de Gestión de
Recursos Naturales y las atribuciones conferidas por las Leyes N°10.337,
7.343, 4.412 y sus modicatorias, entiende que no existe objeción que for-
mular para habilitar la pesca deportiva en la Laguna “Del 7” ubicada en el
Departamento Roque Sáenz Peña, Provincia de Córdoba, desde el 01 de
mayo de 2018 por el término de un año a partir de la fecha con un cupo
o pieza por pescador de 30 (treinta) ejemplares por pescador y por día.
Todo ello estando supeditado a las normativas vigentes de la actividad
pesquera-deportiva.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que le conere la Ley Nº 10.337,
y legislación vigente.
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
R E S U E L V E:
1. HABILITAR la Pesca Deportiva en la “Laguna Del 7”, ubicada en el De-
partamento Roque Sáenz Peña de la Provincia de Córdoba, desde el 01
de mayo de 2018 por el término de un año a partir de la fecha, con un
cupo o pieza de 30 (treinta) ejemplares por pescador y por día; pudiendo
la Autoridad de Aplicación adelantar o atrasar esta última fecha en caso de
considerarlo necesario por razones técnicas, biológicas o de conservación
de la especie.
2. PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección de Policía Ambiental
del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, a la Federación de
Caza y Pesca de la Provincia (FeCaPes), a la Patrulla Ambiental de la Poli-
cía de la Provincia de Córdoba, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO. POR EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO, DR. JAVIER
BRITCH.
Resolución N° 178
Córdoba, 27 de abril de 2018
VISTO: El Expediente Nº 0517-021498/2016, por el cual el Área de Gestión
de Recursos Naturales, presenta “Informe sobre estado de situación del
Pejerrey en el Dique La Quebrada y la necesidad de establecer veda total”,
a los nes de su consideración por parte de la Secretaria de Ambiente y
Cambio Climático y de conformidad con las Leyes N°; 10.208, 7343; 4412
y mod. y a las atribuciones conferidas por la Ley N° 10.337.
Y CONSIDERANDO: Que los Recursos Naturales son propiedad del Es-
tado Provincial, conforme el Art.124 de la Constitución Nacional, por lo
que es facultad de la Provincia regular lo atinente a su aprovechamiento,
resguardo, conservación, debiendo asegurar su uso sostenido en equilibrio
con el sistema social, económico y natural.

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