Resolución N° 175/SSHI/18

EmisorMinisterio de Hábitat y Desarrollo Humano
Fecha de la disposición18 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 175/SSHI/18
Buenos Aires, 12 de junio de 2018
VISTO:
Los Decretos Nros. 363/GCABA/2015, y su modificatorio 386/GCABA/2017,
196/GCABA/2012 y su modificatorio 383/GCABA/2016, y la Resolución Nº
115/SSHI/2018 y su ratificatoria 536/MHYDHGC/2018, 84/SSHI/2018, la solicitud de
gasto N°, el Acta Acuerdo N°14586191 el Expediente N°09352612/SSHI/2018, y
CONSIDERANDO:
Que conforme los términos del Decreto N° 363/GCABA/15 y su modificatorio
386/GCABA/17, la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, dependiente del Ministerio de
Hábitat y Desarrollo Humano, tiene entre sus responsabilidades primarias "Planificar,
diseñar, coordinar y supervisar políticas, estrategias y acciones tendientes a la
inclusión social y a mejorar la calidad del hábitat en villas, núcleos habitacionales
transitorios y complejos habitacionales de la Ciudad de Buenos Aires";
Que mediante el Decreto N° 196/GCABA/12 se creó el "Programa de Apoyo a la
Gestión Social del Hábitat y la inclusión", modificado por Decreto Nº 383/GCABA/16
con el objeto brindar apoyo técnico y económico a las Organizaciones de la Sociedad
Civil (OSC) que promuevan iniciativas en procesos participativos de gestión del
hábitat, la inclusión social y la ampliación de ciudadanía;
Que el mencionado Decreto fue reglamentado por Resolución N° 115/SSHI/18 y su
ratificatoria 536/MHYDH/2018,
Que en el marco del referido Programa, la Fundación Lebensohn (CUIT 30-70848512-
4), presentó el proyecto denominado "Formación de Promotores Culturales
Comunitarios Nivel II: Incubadora de Proyectos Culturales" (Programa n°25 y actividad
n°60 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera) el cual fue
aprobado por Resolución N°84/SSHI/2018;
Que el mencionado proyecto, se lleva a cabo en Centro Cultural Recoleta y sede de
Fundación Lebensohn (Comuna 2), por un plazo de ejecución de cuatro meses (4), y
será destinado a un total de treinta y dos (32) niños con un rango etario de entre 18 a
80 años;
Que, en orden N°7 se encuentra la solicitud de gasto N° DOCFI-2018- 10260939-
SSHI, acreditando el respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto
vigente;
Que en consecuencia, y en orden al Acta Acuerdo de Inclusión Social suscripta
oportunamente y registrada en la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires bajo el Nº 14586191, obrante en orden 28, y de conformidad con la
cláusula 2º inciso a), corresponde que se ordene el primer pago del subsidio acordado,
que asciende al 60% del total, suma que equivale a PESOS DOSCIENTOS VEINTE
MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 40/100 CENTAVOS ($220.784,40)
Por ello y en uso de sus facultades ,
EL SUBSECRETARIO DE HÁBITAT E INCLUSION
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5416 - 18/07/2018

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