Resolución N° 174 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Junio de 2021 |
Emisor | Ministerio de finanzas |
Fecha de la disposición | 4 de Junio de 2021 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 122
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 18 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Que obra en autos, copia de la Resolución N° 1357/2019 de la Secre-
taría General de la Gobernación mediante la cual se declaran en condición
de desuso y se dan de baja los bienes descriptos en el Anexo que forma
parte del citado instrumento.
Que el señor Ministro de Gobierno, concede el Visto Bueno, remitiendo
las actuaciones a la Dirección de Patrimonial de la Secretaría General de
la Gobernación, a los nes de la prosecución del trámite.
Que se agrega constancia de la publicación en el Boletín Ocial, del
ofrecimiento de los bienes referidos, informándose que ninguna institución
ha demostrado interés por los mismos.
Que se adjuntan, las copias certicadas de los títulos del Automotor
y Cédulas de Identicación de los vehículos referenciados, propiedad del
Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Que obra Informe N° 001/2021 de la Dirección Patrimonial de la Secre-
taría General de la Gobernación de la que surge que quedaron unidades
disponibles, disponiendo la asignación a la Comuna Potrero de Garay, el ve-
hículo dominio DLU 535; a la Comuna de Casa Grande, el vehículo dominio
DKQ 527 y a la Municipalidad de Lozada, el vehículo dominio DNF 722.
Que la Contaduría General de la Provincia produce informe de su com-
petencia e insta la transferencia sin cargo los vehículos referidos, según el
destino establecido en el Informe al que se alude precedentemente.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo prescripto por el artícu-
lo 131 del Decreto Nº 525/95 reglamentario de la Ley Nº 7631 y artículo 133
del Cuerpo Normativo Unicado del Sistema Integrado de Administración
Financiera; lo informado por la Dirección de Patrimonial de la Secretaria
General de la Gobernación al N° 001/2021, por Contaduría General de la
Provincia al N° 10-015/2021 y de acuerdo con lo dictaminado por la Direc-
ción de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 263/2021
y en los términos de la Resolución Ministerial N° 118/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º TRANSFERIR sin cargo tres vehículos según el siguiente
detalle: a favor de la Comuna de Potrero de Garay, el vehículo dominio DLU
535; a la Comuna de Casa Grande, el vehículo dominio DKQ 527 y a la
Municipalidad de Lozada, el vehículo dominio DNF 722, todos declarados
en condición de desuso y dados de baja por Resolución N° 1357/2019 de la
Secretaría General de la Gobernación, que como Anexo I con dos (2) fojas
útiles forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º El Organismo interviniente confeccionará la respectiva -
cha de “Baja” con mención del instrumento legal autorizante y comunicará
a Contaduría General de la Provincia para su desglose.
Articulo 3º PROTOCOLÍCESE, dese intervención a Contaduría
General de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial
y archívese.
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Por encomienda de rma- Resolución Ministerial N° 118/2020.
ANEXO
Resolución N° 174
Córdoba, 04 de junio de 2021
VISTO: El expediente Nº 0165-166476/2021 por el que se solicita el cierre
de los Fondos Permanentes de la Ex Secretaría de Comunicaciones y Co-
nectividad “A” -GASTOS DE FUNCIONAMIENTO- y “B” -INFORMACIÓN
PÚBLICA-, ambos creados por Resolución N° 136/2018 y modicado por
Resolución 327/2018, todas del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 1615/2019 se establece la nueva Estructura Orgánica
del Poder Ejecutivo, donde las funciones de la Ex Secretaría de Comunica-
ciones y Conectividad fueron absorbidas por el Ministerio de Coordinación,
tornándose necesario proceder al cierre denitivo de los Fondos Perma-
nentes citados.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable, en relación al cierre de los Fondos Permanentes solicitados,
habiendo efectuado la Dirección de Jurisdicción de la Subsecretaría de
Tesorería General y Crédito Público, la intervención de su competencia.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción de Jurisdicción de la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito
Público; lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales
de este Ministerio al Nº 290/2021 y en los términos de la Resolución Minis-
terial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º DISPONER el cierre de los Fondos Permanentes “A” –GAS-
TOS DE FUNCIONAMIENTO-, y “B” -INFORMACIÓN PÚBLICA- de la Ex
Secretaría de Comunicación y Conectividad.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, al Servicio Adminis-
trativo del Ministerio de Coordinación y a la Subsecretaría de Tesorería
General y Crédito Público; publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Por encomienda de rma – Resolución Ministerial N° 119/2020.
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