Resolucion Nº 172 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorSecretaría de Transporte
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 159
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 17 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
actualizadas las exigencias reglamentarias, durante el plazo de vigencia
del permiso.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de los Servicios
Públicos, pase al Registro de Prestatarios y archívese.
FDO: ING. MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 173
Córdoba, 14 de marzo de 2016.
VISTO: Que en el Expediente N° 0048-001527/2015 la Empresa
PLUS ULTRA S.A., solicita aprobación de horarios de Temporada Verano
2015/2016 para prestar en el Servicio Regular Común del corredor CÓR-
DOBA – SAN FRANCISCO, con prolongación a Villa Carlos Paz y vicever-
sa por Ruta Nacional N° 19.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ocina de Infraestructura del Transporte informa que la diagra-
mación propuesta por la permisionaria no altera el permiso de explotación
que posee la misma, y con el objeto de adecuar los horarios a cumplir
en Temporada Verano 2015/2016, por lo que se aconseja su aprobación,
debiendo quedar sujeta a las modicaciones que eventuales reclamos las
justiquen.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte
lo expresado por dicha Ocina, aconsejando se dicte el acto administrativo
pertinente.
Que el Área Legales de la Secretaría de Transporte emite Dictamen N°
0224/2016, en donde concluye que pueden autorizarse los horarios diagra-
mados para la Temporada Verano 2015/2016.
Por ello, atento a las facultades conferidas por el Artículo 40, inciso f)
de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa PLUS ULTRA S.A. para pres-
tar en Temporada Verano 2015/2016 los horarios diagramados a fs. 5 y 6
de autos, en el Servicio Regular Común del corredor CÓRDOBA – SAN
FRANCISCO, con prolongación a Villa Carlos Paz y viceversa por Ruta
Nacional N° 19, quedando sujetos a las modicaciones que eventuales
reclamos las justiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios Públi-
cos, pase a la Ocina de Infraestructura y archívese.
FDO: ING. MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 172
Córdoba, 14 de marzo de 2016.
VISTO: Que en el Expediente N° 0048-001529/2015 la Empresa
PLUS ULTRA S.A., solicita aprobación de horarios de Temporada Verano
2015/2016 para prestar en el Servicio Regular Común del corredor CÓR-
DOBA – MORTEROS por La Puerta, La Para, Balnearia, Brinkmann y su
prolongación a La Posta y viceversa.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ocina de Infraestructura del Transporte informa que la diagra-
mación propuesta por la permisionaria no altera el permiso de explotación
que posee la misma, y con el objeto de adecuar los horarios a cumplir
en Temporada Verano 2015/2016, por lo que se aconseja su aprobación,
debiendo quedar sujeta a las modicaciones que eventuales reclamos las
justiquen.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte
lo expresado por dicha Ocina, aconsejando se dicte el acto administrativo
pertinente.
Que el Área Legales de la Secretaría de Transporte emite Dictamen N°
0225/2016, en donde concluye que pueden autorizarse los horarios diagra-
mados para la Temporada Verano 2015/2016.
Por ello, atento a las facultades conferidas por el Artículo 40, inciso f)
de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa PLUS ULTRA S.A. para pres-
tar en Temporada Verano 2015/2016 los horarios diagramados a fs. 6 y 7
del FU. 19 de autos, en el Servicio Regular Común del corredor CÓRDOBA
– MORTEROS por La Puerta, La Para, Balnearia, Brinkmann y su prolon-
gación a La Posta y viceversa, quedando sujetos a las modicaciones que
eventuales reclamos las justiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios Públi-
cos, pase a la Ocina de Infraestructura y archívese.
FDO: ING. MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
SUBDIRECTORA DE JURISDICCIÓN: LILIANA LOPEZ

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