Resolución N° 171-SSSC/17

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 3 de Enero de 2018

RESOLUCIÓN N.° 171/SSSC/17

Buenos Aires, 28 de diciembre de 2017

VISTO la Ley Nº 342 (B.O.C.B.A. Nº 915), su Decreto Reglamentario Nº 897/2007 (B.O.C.B.A. Nº 2718), la Resolución 314/16 MJYS, el Decreto 228/2016, la Resolución Firma Conjunta 2017-2- SSDCCYC y demás normas concordantes.

CONSIDERANDO:

Que, por las citadas normas se regula en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Régimen Aplicable a los Vehículos Abandonados en la vía pública que ponen en peligro la salud de la población, la seguridad pública y afectan el medio ambiente, así como también, se especifica el procedimiento a seguir para la remoción de dichos rodados en estado de abandono y su ulterior descontaminación, desguace y compactación;

Que, por medio del Decreto Reglamentario Nº 897/2007 (B.O.C.B.A. Nº 2718) se asigna a la Dirección General de Mantenimiento de la Flota Automotor, o el organismo que la reemplace en el futuro, la autoridad de aplicación de dicha normativa, que en la actualidad dicha función compete Dirección General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana;

Que, conforme fuera solicitado por la Dirección General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana se ordenó la incorporación al PRO.COM de los rodados que fueron removidos de la vía pública y que se alojaron en el predio ubicado en la calle Herrera 1618 de esta Ciudad;

Que, en cumplimiento de la Resolución 314/16 MJYS y su manual operativo, se identificaron los rodados alojados en el predio indicado, se formaron los legajos correspondientes, se realizaron los inventarios y se obtuvieron fotografías de cada uno de los vehículos;

Que, en consecuencia, habiéndose dado cumplimiento con la normativa vigente en la materia, y a fin de llevar adelante el Convenio de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR