Resolución Nº 170/GCABA/SSDEP/16
Firmantes | Lobo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Deportes |
Fecha de la disposición | 25 de Octubre de 2016 |
VISTO:
Las Leyes N° 5.460, N° 1.624 (texto consolidado por Ley N° 5454), los Decretos
Reglamentarios N° 363/15 y sus modificatorios, las Resoluciones N° 48-SSDEP/2008,
N° 50-SSDEP/2010, N° 261-SSDEP/2015, el Expediente Electrónico N° 28604288-
SSDEP-2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las presentes actuaciones tramita la rendición del subsidio otorgado al
Sr. Luchik Jorge Alejandro en carácter de acompañante del deportista amateur
Santero José Luis mediante Resolución N° 261-SSDEP/2015, por el monto de PESOS
DIECIOCHO MIL ($ 18.000.-), quien participó en la Maratón de Rotterdam, llevada a
cabo en la ciudad homónima, Holanda, el día 12 de abril del 2015;
Que como antecedente del caso, es dable manifestar que la Ley N° 1.624 (texto
consolidado por Ley N° 5454) y su reglamentación, tienen por objeto regular,
promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-
recreativa a nivel comunitario y en edad escolar de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que atento lo dispuesto en el artículo 9, inciso g) de la aludida Ley N° 1.624, el titular
de la Subsecretaría de Deportes cuenta con facultades para otorgar subsidios
destinados al desarrollo y promoción del deporte amateur, debiendo el beneficiario, de
acuerdo a lo estipulado en el Acta de la Comisión Directiva del Consejo Asesor del
Deporte de fecha 8 de julio de 2010, realizar la correspondiente rendición de cuentas
documentada ante la Autoridad de Aplicación;
Que dicha rendición de cuentas deberá efectuarse en un todo de acuerdo a lo
normado por las Resoluciones N° 48-SSDEP/2008 y N° 50-SSDEP/2010, las que
establecen que el beneficiario debe, a efectos de la rendición de cuentas, acreditar la
utilización de los fondos para la adquisición del pasaje correspondiente y la
participación en la competencia para la cual fuera otorgado el mentado subsidio;
Que conforme lo expuesto y en el marco normativo descripto, el beneficiario aludido ha
procedido a presentar la documentación correspondiente, a los fines de aprobar la
rendición del subsidio que le fuera oportunamente conferido;
Que asimismo, conforme lo manifestado en su Informe N° 17447523-
DGADMDEP/2016 la Gerencia Operativa de Administración dependiente de la
Dirección General Administración y Organización Deportiva expresó que la
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