Resolución N° 17/SSREGIC/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición29 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 17/SSREGIC/21
Buenos Aires, 3 de marzo de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
(Decreto Nº 1510/97), El Código de la Edificación (Ley N° 962), la Resolución Nº
483/GCABA/SJYSU/2004, el Decreto Nº 463/19 y su modificatorio, el Decreto Nº
177/2020, el Expediente Electrónico EX -2013-6723139- MGEYA-DGROC, EX -2019-
13157361-GCABA-DGROC, y
CONSIDERANDO:
Que a través de los presentes actuados, Expediente EX-2019-13157361-GCABA-
DGROC, que resulta ser continuación del Expediente Electrónico EX-2013-6723139-
MGEYA-DGROC, el cual se encuentra asociado, se presentó solicitud de registro de
obras ejecutadas sin permiso para el inmueble sito en la calle Mariscal Francisco
Solano López N° 2971-75, de esta Ciudad (Nomenclatura Catastral: Circ. 15, Secc. 71,
Manz. 43, Parc. 05B);
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 41,47 m 2 , de los cuales
24,06 m 2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (P. Baja: proyección alero; P.
Alta: depósito familiar); en tanto que 17,41 m 2 fueron llevados a cabo en forma no
reglamentaria (P. Baja: sector lavadero; P. Alta: sector office), según surge del cotejo
entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente
aprobadas en N° Orden 59 (PLANO-2015-03361396-DGROC) y los planos
presentados para regularizar la situación en N° de Orden 71 (PLANO-2020-14987865-
GCABA-DGROC), con destino “Vivienda Multifamiliar”;
Que mediante RE-2015-03361203-DGROC (N° de orden 58) obran la Memoria e
Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que
interviene en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada al presupuesto establecido en el
LIBRO CUARTO DERECHOS REALES, Título V del Código Civil y Comercial de la
Nación; según consta en Nº de Orden 58 Pág. 1 a 2 / 28 de RE-2015-03361203-
DGROC;
Que según Nº de orden 74 (IF-2020-17192721-GCABA-DGROC) la Gerencia
Operativa de Liquidaciones, Programación, Verificación y Control, perteneciente a la
Dirección General de Registro de Obras y Catastro, informó que los derechos de
Delineación y Construcción están abonados correctamente;
Que la Dirección General de Registro de Obras y Catastro mediante Informe IF-2020-
23719571-GCABA-DGROC (N° de orden 86) indicó: “La superficie no reglamentaria a
ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. “Trabajos que requieren permiso de obra” y
4.6.4.2 “Iluminación y ventilación de locales de primera clase” ambos del Código de la
Edificación, según surge de Nº de Orden 76 (IF-2020-20447131-GCABA-DGROC);
observándose que la misma encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. “Obras en
contravención” del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A.
Nº 1607) y Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004.”;
Que mediante Informe IF-2020-21931019-GCABA-DGROC (Orden 80) la Gerencia
Operativa de Registro de Obras expresó: “...las obras ejecutadas sin permiso citadas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6112 - 29/04/2021

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