Resolución Nº 169/GCABA/ASINF/15

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia de Sistemas de Información
Fecha de la disposición26 de Agosto de 2015

VISTO:

La Ley N° 70, Ley N° 2.689, la Ley N° 5.239, el Decreto N° 531/GCABA/14, el Decreto

N° 4/GCABA/2.015, los Expedientes Electrónicos Nros. 3528801-MGEYA-ASINF-

2015, 3509439-MGEYA-ASINF-2015, y

CONSIDERANDO:

Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación

presupuestaria detallada en los Requerimientos Nro. 5793 y 5796/ SIGAF/2.015 cuya

finalidad es contar con crédito suficiente para imputar los gastos detallados en los

Informes Nro. 21958941 y 21958377-DGTALINF-2015;

Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la

Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la

normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley N° 2.689);

Que por otro lado, la Ley N° 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2° párrafo que

"Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo,

pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración

Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos

dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la

Ciudad de Buenos Aires";

Que por medio de la Ley N° 5.239, promulgada por Decreto N° 531/GCABA/14 se

fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.015;

Que así por Decreto N° 4/GCABA/15, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución

y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.015", estableciendo en el artículo

9° del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán

de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de

ese anexo;

Que los Requerimientos Nro. 5793 y 5796/ SIGAF/2.015 se encuentra en estado

"Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto

(OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF);

Que en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales

fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del

...

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