Resolución Nº 169

EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición29 de Julio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 160
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 18 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
0229/2016, en donde concluye que pueden autorizarse los horarios diagra-
mados para la Temporada Verano 2015/2016.
Por ello, atento a las facultades conferidas por el Artículo 40, inciso f)
de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa PLUS ULTRA S.A. para pres-
tar en Temporada Verano 2015/2016 los horarios diagramados a fs. 6 y 7
de autos, en el Servicio Regular Común del corredor CÓRDOBA – VILLA
MARÍA y viceversa por Ruta Nacional N° 9, quedando sujetos a las modi-
caciones que eventuales reclamos las justiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios Públi-
cos, pase a la Ocina de Infraestructura y archívese.
FDO: ING. MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 180
Córdoba, 16 de marzo de 2016
VISTO:
Que en el Expediente N° 0048-001537/2015 la Empresa CAR-COR
S.R.L., solicita aprobación de horarios de Temporada Verano 2015/2016
para prestar en el Servicio Regular Diferencial del corredor CÓRDOBA –
VILLA CARLOS PAZ y viceversa.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ocina de Infraestructura del Transporte informa que la diagra-
mación propuesta por la permisionaria no altera el permiso de explotación
que posee la misma, y con el objeto de adecuar los horarios a cumplir
en Temporada Verano 2015/2016, por lo que se aconseja su aprobación,
debiendo quedar sujeta a las modicaciones que eventuales reclamos las
justiquen.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte
lo expresado por dicha Ocina, aconsejando se dicte el acto administrativo
pertinente.
Que el Área Legales de la Secretaría de Transporte emite Dictamen N°
0223/2016, en donde concluye que pueden autorizarse los horarios diagra-
mados para la Temporada Verano 2015/2016.
Por ello, atento a las facultades conferidas por el Artículo 40, inciso f)
de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa CAR-COR S.R.L. para prestar
en Temporada Verano 2015/2016 los horarios diagramados a fs. 9, 10 y 11
de autos, en el Servicio Regular Diferencial del corredor CÓRDOBA – VI-
LLA CARLOS PAZ y viceversa, quedando sujetos a las modicaciones que
eventuales reclamos las justiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios Públi-
cos, pase a la Ocina de Infraestructura y archívese.
FDO: ING. MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 169
Córdoba, 29 de julio de 2016.-
Expediente Nº 0521-050959/2016.-
VISTO: este expediente por el cual el Ente Regulador de los Servicios
Públicos (ERSeP) propicia la individualización de los bienes declarados
de utilidad pública y sujetos a expropiación, para la ejecución de la Obra:
“DUPLICACIÓN DE CALZADA RUTA NACIONAL N° 36 - TRAMO: ALTOS
FIERRO – RIO CUARTO” en un sector parcial del subtramo Espinillo –
Estación de Peaje Tegua, correspondiente a una nueva intersección en el
kilómetro 655.
Y CONSIDERANDO:
Que obra presentación efectuada por la empresa Caminos de las Sie-
rras S.A. mediante la cual solicita se realicen las gestiones pertinentes a
n de que se dicte resolución de individualización correspondiente a las
afectaciones que genera el proyecto referido.
Que el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) acompaña
descripción de las parcelas afectadas para la obra de referencia, de la
cual surge que los inmuebles comprendidos son dos, identicados como:
Parcela 0303-1927, Lote A, de propiedad de Arnoldo Eduardo SIROLESI,
Dominio Fº 7411, Aº 1986, con una supercie afectada de 6 has. 3122 m2 y
Parcela 0303-1829, Lote B, de propiedad de Eliz Fanny Maria TARDIVO y
otra, Matrícula FR 619149, con una supercie afectada de 1 ha. 6610 m2.
Que conforme lo establecido en la Ley Nº 10.175 y en virtud de la do-
cumentación obrante en autos, los inmuebles citados han sido declarados
de utilidad pública y sujetos a expropiación (declaración genérica según
artículo 2 de la Ley 6.394).
Que se han incorporado en autos Memoria Descriptiva, Plano N° CS-
PX (RN36) 500-ROA y planilla de supercies, que identican gráca y ca-
tastralmente las supercies de terrenos afectadas por la obra.
Que por Decreto N° 676/2014, se ha delegado en el suscripto la facul-
tad de individualizar los bienes declarados de utilidad pública y sujetos a
expropiación por Ley Nº 10.175.
Que luce incorporada intervención de la Gerencia Vial y Edilicia del
Ente Regulador de los Servicios Públicos (E.R.Se.P.) en la cual se señala
que, atento que las supercies gracadas en el Plano N° CS-PX (RN36)
500-ROA aparecen justicadas con relación a la obra de que se trata, se
entiende procedente la individualización de las supercies afectadas in-

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