Resolución N° 1675/CDNNYA/19

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N1675/CDNNYA/19
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley Nº 6.017), la Ley Nº 70 (texto
consolidado por Ley Nº 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 1.000-GCABA/99, la
Ley Nº 6.068, los Decretos N° 2-GCABA/19 y N° 3-GCABA/19, el Expediente
Electrónico N° 38862543-GCABA-DGLTACDN/19, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que el artículo 63 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) y el artículo 33
del Decreto Nº 1.000-GCABA/99 establecen los alcances y el mecanismo para realizar
las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias;
Que por la Ley N° 6.068 se aprobó el total de los gastos corrientes y de capital del
Presupuesto de la Administración de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el
ejercicio del año 2019;
Que a su vez, por el artículo 3º del Decreto Nº 2-GCABA/19 se aprobó la distribución
de créditos presupuestarios para el ejercicio 2019;
Que mediante IF-2019-39817593-GCABA-DGLTACDN, desde la Dirección Operativa
de Gestión Financiera, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y
Administrativa de este Consejo, se informa que no existe crédito suficiente para
afrontar los gastos correspondientes a: los servicios de limpieza integral con provisión
de insumos, la adquisición de materiales de construcción, ferretería y plomería para
efectuar trabajos en los inmuebles donde funcionan la Defensoría Zonal Comuna 8-
Lugano Este y la Defensoría Zonal Comuna 10-Floresta, el servicio de mantenimiento
de tubos de oxigeno solicitado por la Dirección General de Responsabilidad Penal
Juvenil de este Consejo y la imputación de cajas chicas comunes;
Que en virtud de ello, desde la precitada Dirección Operativa de Gestión Financiera se
estima procedente la reasignación de créditos entre diversas partidas presupuestarias
a fin de cubrir las erogaciones antes mencionadas;
Que por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo por el que se apruebe la modificación presupuestaria propuesta -
Requerimientos N° 9.298 y N° 9.365-, utilizando las facultades establecidas en las
Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la
Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el ejercicio fiscal
2019, aprobadas por el Decreto N° 3-GCABA/19;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 114 (texto consolidado por
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5773 - 06/01/2020

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