Resolución N° 167

EmisorAgencia Córdoba Turismo
Fecha de la disposición13 de Abril de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 70
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 13 DE ABRIL DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
diente al funcionamiento de la cuenta especial “Ingresos Delegación del
Gobierno de la Provincia de Córdoba en Capital Federal”
Que por el mencionado Decreto N° 02/18 se autoriza a la Delegación O-
cial del Gobierno de la Provincia de Córdoba en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a celebrar, en representación del Gobierno de la Provincia de
Córdoba, contratos de locación de sus instalaciones y/o espacios.
Que el Artículo 3° del Decreto N° 02/18 dispone que los ingresos prove-
nientes de las locaciones mencionadas serán depositados en la Cuenta
Corriente N° 900-4000/04 “SGP Ejecución del Presupuesto” de la Teso-
rería General de la Provincia y los gastos de la citada Delegación serán
ejecutados en su totalidad a través del programa presupuestario N° 215
ya existente.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad de
este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos
Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable, en relación al cierre del Fondo Permanente solicitado, ha-
biendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención de su competencia.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección
General de Tesorería y Crédito Público a fs. 9 y de acuerdo con lo dictami-
nado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 131/18,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º DISPONER el cierre del Fondo Permanente “M” – CASA DE
CÓRDOBA EN BUENOS AIRES- de la Secretaría General de la Gober-
nación.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de
la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección General
de Tesorería y Crédito Público y al Servicio Administrativo de la Secretaría
General de la Gobernación, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
AGENCIA CÓRDOBA TURISMO S.E.M.
Resolución N° 167
Córdoba 24 de Julio de 2017
VISTO: El expediente No. 0260-012281/2017 en el que obra Acta de Ins-
pección No. 4384/13 y 4284/17, mediante las cuales se inspeccionó el es-
tablecimiento denominado “ENRI MAR”, sito en calle Hipólito Irigoyen No.
148 de Villa Carlos Paz – Departamento Punilla – de esta Provincia, Clase:
HOTEL, Categoría: DOS ESTRELLAS, registrado en esta Agencia a nom-
bre del señor MIGUEL ANGEL FAJARDO.
Y CONSIDERANDO: Que por las Actas arriba citadas se comprobó que el
negocio funciona con las siguientes deciencias:
- Libro Registro de Pasajeros atrasado y/o incompleto (Ley 7383).
- Carecer de chas de tarifas o no exhibirlas de conformidad con el art.37
del Decreto 4506/81 (Ley 7383).
Que en el mismo acto de la inspección se citó y emplazó al responsable
del establecimiento para que en el término de cinco (5) días produjera des-
cargo y ofreciera pruebas, sin que hasta la fecha y no obstante el tiempo
transcurrido haya dado cumplimiento a tal requerimiento en forma sucien-
te motivo por el cual corresponde dar por decaído el derecho dejado de
usar.
Que a fs. 5 obra el informe del Área Fiscalización en el que expresa que la
tarifa a tenerse en cuenta para la aplicación de la multa es de Pesos: Mil
Ochocientos ($ 1.800.-).
Que Coordinación de Asuntos Legales en su Dictamen No. 086/17, consi-
dera que en el sub-examen la rma titular del establecimiento ha violen-
tado las disposiciones del Artículo 4º de la Ley No. 6483; por lo que se ha
hecho pasible de multa en los términos del Artículo 1º de la Ley No. 7383 y
Artículo 1º incisos: e) y h) del Decreto No. 5162/86.
Que en virtud de todo lo expuesto esta Agencia estima sancionar al titular
del establecimiento denominado “ENRI MAR”, con multa de Pesos: NUEVE
MIL ($ 9.000.-), monto equivalente a CINCO (5) tarifas a razón de Pesos:
Mil Ochocientos ($ 1.800.-).
Por ello, el Dictamen No. 086/17 de Coordinación de Asuntos Legales, las
disposiciones del Artículo 4º de la Ley No. 6483; Artículo 1º de la Ley No.
7383 y Artículo 1º incisos: e) y h), del Decreto No. 5162/86; en uso de sus
atribuciones;
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CÓRDOBA TURISMO
SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA
RESUELVE:
Artículo 1º.- SANCIONAR con multa de Pesos: NUEVE MIL ($ 9.000.) al
señor MIGUEL ANGEL FAJARDO, titular del establecimiento denominado
“ENRI MAR”, sito en calle Hipólito Irigoyen No. 148 de Villa Carlos Paz –
Departamento Punilla – de esta Provincia, por infracción a los Artículos 4º
de la Ley No. 6483; Artículo 1º de la Ley No. 7383; Artículo 1º incisos: e)
y h) del Decreto No. 5162/86, suma que deberá hacer efectiva dentro del
término de DIEZ (10) días contados a partir de su noticación bajo aperci-
bimiento de proseguir su cobro por vía judicial.
Artículo 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíquese
en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JULIO BAÑUELOS, PRESIDENTE - DIEGO TOMASELLI, DIRECTOR - CAR-
LOS JOSÉ PEZ ALLENDE, DIRECTOR INVERSIONES Y SERVICIOS TURÍSTICOS
Resolución N° 205
Córdoba, 14 de Octubre 2014
VISTO: El expediente No. 0260-011178/2013 en el que a fs. 2/3/9 obran
Actas de Inspección No. 2711, 2773 y 3953, mediante las cuales se ins-
peccionó el establecimiento denominado “ALTO SOL, sito en calle Emerson
No. 456 de Villa Carlos Paz – Departamento Punilla – de esta Provincia,
propiedad del señor CARLOS CARDENAS.
Y CONSIDERANDO: Que por las actas arriba citadas se comprobó que el

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