Resolución N° 166 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Junio de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición12 de Mayo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXC - Nº 114
CORDOBA, (R.A.) LUNES 6 DE JUNIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Resolución N° 166
Córdoba, 12 de mayo de 2022
Expediente Nº 0045-022633/2020/A24.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Consorcio Caminero Único de
la Provincia de Córdoba solicita la Quinta Adecuación Provisoria de Precios
por las variaciones de costos vericadas en el mes de diciembre de 2021,
en la realización de la obra: “MEJORAMIENTO DE CAMINO DE LA RED
SECUNDARIA S-372 – TRAMO: RUTA NACIONAL N° 36 – CORRALITO –
DEPARTAMENTO TERCERO ARRIBA.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico, me-
diante la aplicación Portal de Obras Públicas – POP, de conformidad a lo
prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019, la
Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Modernización,
la Resolución Nº 20/2019 de la Dirección General de Compras y Contrata-
ciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria de
aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte sobre la existencia
de un archivo titulado “índice”, haciendo plena fe de su contenido.
Que por Resolución Ministerial Nº 050/2021, se adjudicó la ejecución de
la referida obra al Consorcio Caminero Único, suscribiéndose el pertinente
contrato el día 22 de marzo de 2021 y el Acta de Replanteo confeccionada
con fecha 26 de abril del mismo año. Asimismo, por Resolución Ministerial
452/2021 se aprobó la Modicación de Obra Nº 1 y por Resolución Nº
126/2022, se otorgó una ampliación del plazo de ejecución hasta el día 24
de junio de 2022.
Que mediante Resolución Ministerial Nº 413/2021 se aprobó la Cuarta
Adecuación Provisoria de Precios, correspondiente al mes de septiembre
de 2021.
Que obra en autos Solicitud de Adecuación Provisoria realizada por el Con-
sorcio Caminero Único, suscripta digitalmente con fecha 6 de diciembre
de 2021.
Que la Dirección General de Coordinación de Obras Públicas acompaña in-
forme técnico, junto a similar titulado “Adecuación Provisoria – Obra faltante
de ejecutar – Diciembre/2021” del cual surge que los cálculos practicados
se hallan en consonancia con lo dispuesto por el Decreto Nº 800/2016
y que a la fecha del quinto salto el porcentaje físico de obra ejecutada
era del 37,32% y que la variación de referencia al mes de Diciembre/2021
alcanzó el 6,78% lo que representa económicamente un incremento de $
30.196.283,01, en consecuencia, el nuevo costo del presupuesto total de la
obra asciende a la suma de $ 305.181.994,96.
Que en el archivo titulado “Resumen Medición Mensual Nº 008-0 corres-
pondiente al Periodo Nov-2021” se advierte que el porcentaje ejecutado
es del 48,51.
Que en el mencionado informe técnico se expresa que “…respecto de
la discrepancia en el porcentaje de avance de obra indicado en el anexo
Obra Faltante de Ejecutar del mes de Diciembre/2021 por 37,32% y en
el resumen de certicado Nº 008 (Noviembre/2021) por 48,51% se debe
a que el primero incluye la Modicación de Obra Nº 1 aprobada por Re-
solución Ministerial Nº 452/2021 y el segundo sólo indica el avance de
la obra madre…”, destacando además que “…se ha procedido a calcular
las adecuaciones conforme a lo indicado en el art. Nº 1 del Decreto Nº
1082/18, habiendo vericado la repartición que los trabajos ejecutados en
el mes involucrado en la adecuación se encuentran arriba de lo previsto de
acuerdo al último plan de trabajo e inversiones…”.
Que se ha incorporado en autos Formulario de Aceptación de Adecuación
Provisoria de Precios, suscripto por el señor Presidente del Consorcio Ca-
minero Único con fecha 8 de abril de 2022, por la que acepta la Adecuación
Provisoria de Precios Nº 5 por las variaciones de costos vericadas en
el mes de diciembre de 2021, habiendo renunciado la contratista a todo
reclamo, conforme lo estipulado por el artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado el Documento Contable – Nota de Pedido Nº
2022/000170 que certica la reserva presupuestaria para atender la eroga-
ción que lo gestionado implica, indicando que “…POR OMISIÓN, EN AN-
TERIORES AFECTACIONES DE REDETERMINACIONES, SE REALIZA
EL AJUSTE DE REDONDEO POP DE $ -0,01…”.
Que obra Dictamen N° 167/2022 de la Dirección General de Asuntos Lega-
les de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad a
las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados
los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N° 800/2016, mo-
dicado por Decreto N° 30/2018 y disposiciones de la Resolución Ministe-
rial Nº 223/2016, atento a que se ha vericado una variación en los precios
ponderados de los factores de costos del contrato superior al cinco por
ciento (5%) respecto a los valores contractuales vigentes, puede proce-
derse a la aprobación del nuevo monto del contrato de la obra, debiendo
oportunamente suscribir la adenda de contrato correspondiente, habida
cuenta que existe una modicación del precio contractual que produce
consecuencias jurídicas en la ejecución del contrato de obra pública de
que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N°
167/2022 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Quinta Adecuación Provisoria de Precios por
las variaciones de costos vericadas en el mes de diciembre de 2021, de
la obra: “MEJORAMIENTO DE CAMINO DE LA RED SECUNDARIA S-372
– TRAMO: RUTA NACIONAL N° 36 – CORRALITO – DEPARTAMENTO
TERCERO ARRIBA”, por la suma total de Pesos Treinta Millones Ciento
Noventa y Seis Mil Doscientos Ochenta y Tres ($ 30.196.283,00), conforme
Formulario de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios suscripto
con fecha 8 de abril del 2022, por el Consorcio Caminero Único, represen-
tado por su Presidente, señor Agustín PIZZICHINI, contratista de la obra,
que como Anexo I compuesto de dos (2) fojas, se acompaña y forma parte
integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos
Treinta Millones Ciento Noventa y Seis Mil Doscientos Ochenta y Tres ($
30.196.283,00), conforme lo indica la Dirección General de Administración
de este Ministerio, en su Documento de Contabilidad – Nota de Pedido
Nº 2022/000170 con cargo a: Jurisdicción 1.50, Programa 511-000, Partida
12.06.00.00, Obras – Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección General
de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provin-
cia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase a la
Unidad Ejecutora a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO

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