Resolución N° 1639 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Enero de 2023
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2022
MARTES 3 DE ENERO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCVII - Nº 2
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1639 ............................................................... Pag. 1
CENTRO DE EXCELENCIA EN PRODUCTOS Y PROCESOS
CEPROCOR
Resolución N° 20 - Letra:R .................................................... Pag. 1
TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución N° 185 ................................................................. Pag. 2
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N° 120 ................................................... Pag. 3
Resolución General N° 121 ................................................... Pag. 6
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1639
Córdoba, 29 de diciembre de 2022
VISTO: La Nota presentada por la Directora General de Educación Técnica
y Formación Profesional, dependiente de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la aprobación del Diseño
Curricular del Trayecto de Formación Profesional Inicial de “Orientación en
Persecución del Narcotráco”, para ser aplicado en la Escuela de Ociales
de la Policía de la Provincia de Córdoba “LIBERTADOR GENERAL DON
JOSÉ DE SAN MARTÍN” de Capital.
Que obra en autos la identicación de la certicación, fundamentación,
marco de referencia y alcance de la certicación, referencial de ingreso al tra-
yecto formativo de formación profesional de orientación en persecución del nar-
cotráco, trayectoria formativa: secuenciación de los módulos, desarrollo de los
módulos y el entorno formativo para la trayectoria de la formación profesional.
Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se enmarca en
la normativa de las Leyes Nros. 9870 de Educación Provincial, 24521 de
Educación Superior y 26058 de Educación Técnico Profesional, como así
también en los lineamientos referenciales acordados por la Resolución del
Consejo Federal de Educación N° 287/16 y 354/18
Por ello, los informes producidos y en uso de las facultades que le son
propias,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1°.- APROBAR para su aplicación en la Escuela de Ociales de
la Policía “LIBERTADOR GENERAL DON JOSÉ DE SAN MARTÍN” de Ca-
pital, el Diseño Curricular del Trayecto de Formación Inicial de “Orientación
en Persecución del Narcotráco”, conforme se detalla en el Anexo I que con
dieciocho (18) fojas forma parte de la presente resolución.
Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
CENTRO DE EXCELENCIA EN PRODUCTOS Y
PROCESOS - CEPROCOR
Resolución N° 20 - Letra:R
Córdoba, 29 de diciembre 2022
VISTO: El Decreto N° 1622/2022, de fecha 21 de diciembre de 2022.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el mencionado instrumento se dispuso receso adminis-
trativo para la Administración Pública Provincial centralizada entre los días
02 de enero de 2023 hasta el 31 de enero de 2023, en el ámbito de la
Administración Pública Provincial centralizada, declarando inhábiles a los
nes del procedimiento administrativo los días comprendidos en dicho pe-
riodo, y disponiendo que las ocinas de la Administración Pública Provincial
permanezcan cerradas y sin atención al público durante el lapso citado,
con las excepciones allí previstas.
Que, asimismo, dispuso el otorgamiento de la licencia anual ordinaria,
conforme las normas que regulan su relación laboral y teniendo el receso
establecido, para el personal de las áreas de la Administración Pública Pro-
vincial centralizada, la que deberá materializarse a partir del día 2 de enero
del año 2023 con excepción del personal que resulte necesario afectar a
guardias mínimas, para el cumplimiento de las tareas consideradas indis-
pensables, en cuyo caso deberán ser expresamente autorizados por los
titulares de las áreas respectivas.
Que, además, estableció que las licencias otorgadas con anterioridad
a la fecha del instrumento en cuestión, quedan sin efecto para ser gozadas
en un período diferente al indicado, en tanto que, la licencia del personal
cuyo derecho exceda, en razón de su antigüedad, la cantidad de días hábi-
les existentes en el lapso del receso administrativo, debe ser otorgada por

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