Resolución N° 163 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 10 de Octubre de 2017 |
Emisor | Ministerio de Justicia y Derechos Humanos |
Fecha de la disposición | 15 de Junio de 2017 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXI - Nº 141
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 21 DE JULIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
en la obra: “CONSERVACIÓN MEJORATIVA DE RUTAS PAVIMENTADAS
DE LA ZONA 6B – ZONA SUR”, por la suma de Pesos Diecisiete Millones
Veintinueve Mil Cuatrocientos Noventa y Cinco con Quince Centavos ($
17.029.495,15), suscripta el día 26 de diciembre de 2016 entre el Presiden-
te de la Dirección Provincial de Vialidad, señor Osvaldo Rubén VOTTERO,
por una parte, y el Representante de la Empresa ALQUIMAQ S.A.C.I.F., In-
geniero Raúl Alfredo IBAÑEZ, contratista de la obra, por la otra, que como
Anexo II, compuesto de ocho (8) fojas útiles, se acompaña y forma parte
integrante del presente instrumento legal.
Artículo 4º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pe-
sos Diecisiete Millones Veintinueve Mil Cuatrocientos Noventa y Cinco con
Quince Centavos ($ 17.029.495,15), conforme lo indica el Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Do-
cumento de Contabilidad - Nota de Pedido Nº 2017/000031, con cargo a
Jurisdicción 1.50, Programa 528-000, Partida 12.06.00.00, Obras - Ejecu-
ción por Terceros, Centro de Costo 0480 del P.V.
Artículo 5º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación de
Precio Nº 4 por Reconocimiento de la Segunda, Tercera, y Cuarta Variación
de Costos correspondiente a los meses de enero, marzo y junio de 2016,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “CONSERVACIÓN MEJORA-
TIVA DE RUTAS PAVIMENTADAS DE LA ZONA 6B – ZONA SUR”, por la
suma total de Pesos Cuarenta y Dos Millones Ochenta y Ocho Mil Ciento
Cuarenta y Uno con Sesenta y Siete Centavos ($42.088.141,67) , suscripta
el día 26 de diciembre de 2016 entre el Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad, señor Osvaldo Rubén VOTTERO, por una parte, y el Re-
presentante de la Empresa ALQUIMAQ S.A.C.I.F., Ingeniero Raúl Alfredo
IBAÑEZ, contratista de la obra, por la otra, que como Anexo III, compuesto
de dieciséis (16) fojas útiles, se acompaña y forma parte integrante del
presente instrumento legal.
Artículo 6º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Cuarenta y Dos Millones Ochenta y Ocho Mil Ciento Cuarenta y Uno con
Sesenta y Siete Centavos ($ 42.088.141,67), conforme lo indica el Depar-
tamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad
en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido Nº 2017/000033, con
cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 528-000, Partida 12.06.00.00, Obras -
Ejecución por Terceros, Centro de Costo 0480 del P.V.
Artículo 7º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad a suscribir la enmienda de contrato por redeterminación
de precio, debiendo la empresa ALQUIMAQ S.A.C.I.F., integrar el importe
adicional de garantía de cumplimiento del contrato.
Artículo 8º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención al
Departamento I Administración y Personal de la Dirección Provincial de
Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, notifíquese, publíquese en
el Boletín Ocial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
FDO; CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES
anexo: https://goo.gl/wpxiSG
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Resolución N° 163
Córdoba, 15 de junio de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0493-021622/2017 en el que se propicia la for-
malización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros y en
el Plan de Inversiones Públicas asignadas por el Presupuesto General de
la Administración Provincial en vigencia, la Ley N° 9086 y el Decreto N°
150/04 y modicatorias, correspondiente a las Unidades Administrativas
N°. 35 y 40 de esta Jurisdicción.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 2881/2011 se restablecen las facultades oportuna-
mente conferidas a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdiccio-
nes de la Administración Central por Decreto Nro. 150/04, en el marco de
la reglamentación de la Ley Nro. 9086 de Administración Financiera y de
Control Interno de la Administración General del Estado Provincial.
Que asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas
modicaciones mediante el dictado de una Resolución mensual.
Que las modicaciones propuestas se encuadran en las disposiciones
legales vigentes, de acuerdo a los Artículos 31 y 10 in ne de la citada
Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración
General del Estado Provincial N° 9086.
Que la Dirección de Jurisdicción de Administración de esta cartera mi-
nisterial, da cuenta que se ha dado cumplimiento a las previsiones estable-
cidas para las modicaciones presupuestarias establecidas por la Resolu-
ción Nro. 2/2014 de la Secretaria de Administración Financiera.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Di-
rección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el N°
185/2017, en ejercicio de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
R E S U E L V E:
1º.- FORMALÍZASE la modicación en la asignación de Recursos
Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial año
2017, de conformidad con el reporte compactado, que incluye la compensa-
ción de recursos nancieros correspondiente al mes de ABRIL de 2017, de
las Unidades Administrativas Nros..35 - Servicio Penitenciario de Córdoba
- y 40 – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - de esta Jurisdicción,
el que como Anexo Único, compuesto de tres (03) fojas útiles, forman parte
integrante de la presente Resolución.
2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de
Presupuesto e Inversiones Públicas, a la Contaduría General de la Provin-
cia, al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatura, publíquese en
el Boletín Ocial, y archívese.
FDO: DR. LUIS EUGENIO ANGULO, MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HU-
MANOS
ANEXO: https://goo.gl/fbEcVd
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