Resolución N° 1618 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor18 de Diciembre de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXV - Nº 233
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente
el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 2539/11 del Área Ju-
rídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 39 por la entonces Dirección
de Coordinación de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- CLASIFICAR a partir de la fecha de la presente resolución, en
el Grupo “B” de localización al Instituto Provincial de Educación Media N°
395 de Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Secun-
daria, y en consecuencia OTORGAR por ese concepto la bonicación del
veinte por ciento (20%) a su personal docente y del trece por ciento (13%)
a su personal no docente, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 356; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1618
Córdoba, 23 de noviembre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0645-001527/2017, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO: Que obran actuaciones relacionadas con la clasi-
cación por localización del Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos
(C.E.N.M.A.) N° 23 -Anexo- “EXTENSIÓN AÚLICA BARRIO MARQUEZ
DE SOBREMONTE”, dependiente de la Dirección General de Educación de
Jóvenes y Adultos, y la pertinente asignación de la bonicación respectiva
a su personal docente y no docente.
Que de lo actuado en autos surge que el aludido Instituto comparte
instalaciones con el Instituto Provincial de Educación Media N° 338 “DR.
SALVADOR MAZZA” de Capital, el que se encuentra clasicado en el Gru-
po “B” de localización, conforme a la Resolución Ministerial N° 151/09.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente
el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 1988/17 del Área Ju-
rídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 12 por la Dirección General
de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “B” de localización al Centro
Educativo de Nivel Medio para Adultos (C.E.N.M.A.) N° 23 -Anexo-
“EXTENSIÓN AÚLICA BARRIO MARQUEZ DE SOBREMONTE”, depen-
diente de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos, a partir
de la fecha de la presente resolución, y en consecuencia OTORGAR por
ese concepto la bonicación del veinte por ciento (20 %) a su personal do-
cente y del trece por ciento (13 %) a su personal no docente, conforme con
lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo
II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 366; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 303
Córdoba, 4 de octubre de 2017
Expediente Nº 0045-016166/2012/A27.-
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad pro-
picia por Resolución N° 00661/2017 el dictado del acto administrativo por
el cual se apruebe la readecuación del contrato de los trabajos corres-
pondientes a las “OBRAS DE PROTECCIÓN HIDRÁULICA Y ESTABILIZA-
CIÓN DE TALUDES Y CONTRATALUDES EN RUTAS PAVIMENTADAS DE
MONTAÑA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA – REGIÓN II”, a cargo de la
empresa ROMERO CAMMISA CONSTRUCCIONES S.A.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 786 de fecha 1° de julio de 2013, se adjudicó

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