Resolución Nº 161 - 'A'

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición10 de Junio de 2106
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 118
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 16 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
de contrataciones, serán con cargo al Servicio Administrativo.
Que en el caso presente, por tratarse de gastos de personal y con
fuente de nanciamiento en Rentas Generales, es conveniente que el pago
sea realizado en forma directa al Concejo de Planicación Estratégica de
la Provincia de Córdoba (COPEC) por la Dirección General de Tesorería y
Créditos Públicos.
Que el ar tículo 65 segundo párrafo del Anexo A a la Resolución 02/14
de la Secretaría de Administración Financiera dispone que es facultad de
esta Tesorería General disponer el cambio de cargo de un DUEE, cuando
este cambio se realice por otro distinto al establecido en esta norma.
Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
I) MODIFICAR el cargo de los Documentos Únicos de Ejecución de
Erogaciones DUEE 14 intervención 4 y 14 intervención 5, ambos Ejercicio
2016 del Ministerio de Finanzas, los que serán con cargo al Tesorero Ge-
neral.
II) PROTOCOLICESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Pro-
vincia, a Contaduría General de la Provincia, al Servicio Administrativo del
Ministerio de Finanzas, publíquese en el Boletín Ocial y archívese. FDO:
CR. ARMANDO GUILLERMO GARCÍA, TESORERO GENERAL DE LA DIRECCION
GENERAL DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION DE INSPECCION DE PERSONAS
JURIDICAS
Resolución N° 161 - Letra:A
Córdoba, 10 de Junio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-115238/2014 mediante el cual la Enti-
dad Civil denominada “FUNDACION HENRI LABORIT”, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para fun-
cionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. a), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denomina-
da “FUNDACION HENRI LABORIT”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como
Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 160 - Letra:A
Córdoba, 10 de Junio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-126461/2016 mediante el cual la Entidad
Civil denominada “CAMARA DE KIOSQUEROS Y COMERCIANTES EX-
PENDEDORES MINORISTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA”(Ca.Ki.
CEM), con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b), 169,
174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación; y en uso de
las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil deno-
minada “CAMARA DE KIOSQUEROS Y COMERCIANTES EXPENDEDO-
RES MINORISTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA”(Ca.Ki.CEM)”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como
Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS

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