Resolución N° 16 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Noviembre de 2021
EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnología
Fecha de la disposición 4 de Noviembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 231
CORDOBA, (R.A.) LUNES 8 DE NOVIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Que el instructivo estará disponible para su consulta en expedientedi-
gital.cba.gov.ar, pudiendo ser actualizado conforme la evolución y adecua-
ción de las funcionalidades de la respectiva plataforma.
Que conforme las previsiones contenidas en el art. 3° del Anexo del
Decreto N° 750/2019, modicado por Decreto N° 680/2021, reglamenta-
rio de la Ley N° 10.618, corresponde aprobar el “instructivo de uso” antes
relacionado, facultando a la Secretaría de Innovación de la Gestión a su
actualización, conforme la evolución y adecuación de las funcionalidades
de la respectiva plataforma.
Por ello, la normativa citada, y en uso de sus atribuciones constitucio-
nales;
LA MINISTRA DE COORDINACIÓN
RESUELVE
Artículo 1º: APRÚEBASE el documento denominado “INSTRUCTI-
VO DE USO DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO/DIGITAL”, elaborado
por la Dirección General de Transformación Digital dependiente de la
Secretaría de Innovación de la Gestión, el que como Anexo I se agrega
a la presente.
Artículo 2°: FACÚLTASE a la Secretaría de Innovación de la Gestión,
a efectos de que proceda a la actualización del Instructivo de Uso apro-
bado en el artículo anterior, conforme la evolución y adecuación de las
funcionalidades de la respectiva plataforma.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
RESOLUCIÓN N° 2021/MC-00000004
FDO.: SILVINA RIVERO, MINISTRA DE COORDINACIÓN.
ANEXO
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y
ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 16
Córdoba, 04 de noviembre de 2021
VISTO: la solicitud de inscripción en el Registro de Beneciarios del Ré-
gimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de
Córdoba (RECOR), efectuada por la rma SINTH S.A.
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 10.649 y su modicatoria, se creó el “Registro
de Beneciarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conoci-
miento de la Provincia de Córdoba (RECOR)”, en el que deben inscribirse
quienes, cumpliendo los requisitos, estén inscriptos previamente en el Re-
gistro Nacional y se encuentren gozando de los benecios estipulados en
la Ley Nacional Nº 27.506 y deseen acceder a los benecios creados por la
precitada Ley.
Que por medio del Decreto Nº 193/2021, se aprobó la Reglamentación
de la Ley Nº 10.649 y su modicatoria, y se dispuso que el Ministerio de
Ciencia y Tecnología, a través de esta Secretaría de Nuevas Tecnologías y
Economía del Conocimiento, o el organismo que en el futuro lo sustituya en
sus competencias, fuera la Autoridad de Aplicación del precitado régimen
de promoción.
Que, con fecha 03/11/2021, la rma SINTH S.A (C.U.I.T: 30-71691470-
0) presentó la solicitud de inscripción en el RECOR, mediante la presen-
tación del formulario y la documentación respaldatoria (N° de Expediente
0279-012163/2021) de conformidad a lo dispuesto en el Anexo I de la Re-
solución N°02/2021 de esta Secretaría;
Que la rma SINTH S.A (C.U.I.T: 30-71691470-0) está inscripta ante la
Dirección General de Rentas en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, según
informa la Constancia de Ingresos Brutos que se adjunta al expediente.
Que la empresa desarrolla la actividad promovida“Software y servicios
informáticos y digitales”, con el Código NAES N° 620101, denominado: “De-
sarrollo y puesta a punto de productos de software.
Que la rma se encuentra en situación regular ante el organismo re-
caudador provincial, habiéndose vericado en el día de la fecha, conforme
los ordenado en el artículo 6° de la Resolución Nº 126/16, del Ministerio de
Finanzas.
Que la Dirección de Jurisdicción Economías del Conocimiento, de-
pendiente de esta Secretaría, en mérito a lo normado en el Anexo I de la
Resolución N° 02/2021 de esta Secretaría, examinó el cumplimiento de
los requisitos y demás formalidades establecidas en la normativa vigente,
conforme surge del Informe de admisibilidad y procedencia.
Que, en consecuencia, habiendo cumplimentado los requisitos exigi-
dos por la normativa aplicable al Régimen, corresponde inscribir a la r-
ma SINTH S.A (C.U.I.T: 30-71691470-0) en el RECOR creado por Ley Nº
10.649 y su modicatoria N° 10.722.
Que, en virtud de tal inscripción, la empresa accederá a los benecios
promocionales contemplados en el Artículo 3 de la Ley N° 10.649 y su
modicatoria 10.722, Reglamentada por Decreto N° 193/2021.
Que la rma desarrolla la actividad promovida en la totalidad del in-
mueble empadronado ante la D.G.R. con la Cuenta N° 110107042326, lo
que detenta a través de Contrato de Locación con vencimiento el día 30 de
abril de 2.024.
Que a los nes de la exención del impuesto a los Sellos la rma bene-
ciaria deberá acreditar que los contratos y/o instrumentos que se celebren,
sean con motivo de la ejecución, explotación y/o desarrollo de la actividad
promovida desde la fecha de la inscripción en el RECOR.
Que los benecios que por este instrumento se otorgan entrarán en vi-
gencia de conformidad y con las limitaciones establecidas en los artículos
1 a 6 del Decreto N° 193/2021.
Que a los nes de acceder al “Programa de Promoción de Empleo
a la Economía del Conocimiento” creado por artículo 4 de la ley 10.649
y su modicatoria, la rma SINTH S.A (C.U.I.T: 30-71691470-0) deberá,
oportunamente, dar cumplimiento a las Bases y Condiciones aprobadas
mediante Resolución Conjunta N° 26/2021, emanada de este Ministerio
de Ciencia y Tecnología, en su carácter de Autoridad de Aplicación y el

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