Resolución N° 158

EmisorDirección Provincial de Vialidad
Fecha de la disposición26 de Marzo de 2015
CÓRDOBA, 30 de marzo de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 58 Primera Sección
1ª
AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 58
CORDOBA, (R.A.), LUNES 30 DE MARZO DE 2015
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Establecen pautas para Tribunales del Fuero Penal
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO -SERIE "A"-. En la ciudad de CORDOBA, a
veinticinco días del mes de marzo del año dos mil quince, con la Presidencia de su titular Doctor Domingo Juan SESIN, se reunieron para
resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO, Maria Marta
CACERES DE BOLLATI y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, con la asistencia de la Directora General del Área de Administración a cargo de
la Administración General, Cra. Beatriz María ROLAND de MUÑOZ y ACORDARON: Y VISTO: La necesidad de establecer en el Sistema
de Administración de Causas Multifuero un criterio uniforme a seguir por todos los Tribunales del Fuero Penal de la Provincia. Y
CONSIDERANDO: I. En el marco de las tareas que se vienen realizando por el Área de Tecnologías de Información y Comunicaciones a los
efectos de poder lograr un objetivo común, que es la total informatización de las dependencias judiciales de la Provincia, estableciendo una
mayor informatización de las diferentes causas que se tramitan en los Tribunales del Fuero Penal, más puntualmente en lo que concierne
a las Cámaras en lo Criminal y de Acusación, Juzgados Correccionales, Control, Faltas y Penal Juvenil, por lo que se hace necesario pulir
aspectos y ajustar detalles relacionados con el uso del Sistema de Administración de Causas Multifuero y de esa forma aprovechar las
ventajas que esta modalidad de gestión ofrece. II. En este sentido, luego de haber recabado una serie de sugerencias por parte de los
Vocales de las Cámaras del Crimen de esta ciudad -las que han sido debidamente valoradas y analizadas-; se arribó a la conclusión que sería
de suma utilidad a los fines estadísticos, el poder contar con la información plasmada en las actas de debates que se realizan al momento de
llevarse a cabo las audiencias, en las causas que se tramitan ante dichos Organismos Jurisdiccionales. III. En consecuencia, corresponde
plasmar un protocolo a fin de establecer la forma en que se debe proceder a la incorporación en el Sistema de Administración de Causas
(Multifuero), de copias informáticas de las actas de audiencia de debate que se lleven a cabo en las diferentes causas que se tramitan ante
los Tribunales de esta Provincia. Por todo ello, de conformidad a las atribuciones otorgadas (L.O.P.J. art. 12) a este Tribunal Superior de
Justicia. SE RESUELVE: Artículo 1.- DISPONER que a partir del día primero de abril del corriente año (01/04/2015), todos los Tribunales
del Fuero Penal de la Provincia, que funcionen ya sea como Cámara en lo Criminal -en Salas Unipersonales o Colegiadas-, o como Cámaras
de Acusación, o como Juzgados Correccionales, o como Juzgados de Control, de Faltas y Penal Juvenil, deberán disponer que por
Secretaría se incorporen en el Sistema de Administración de Causas (SAC Multifuero), las actas que confeccionen con motivo del desarrollo
del debate, con indicación de las horas de inicio y finalización de cada una, las cuales deberán ser anexadas en su totalidad al momento de
la lectura de fundamentos de la Sentencia. Artículo 2º.- ENCOMENDAR al Área de Gestión de las Telecomunicaciones dependiente de la
Administración General del Poder Judicial que disponga lo necesario a fin de que se establezca en el SAC Multifuero un links “Actas de
Debates”. Artículo 3°.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia, Incorpórese a la Página Web del Poder Judicial. COMUNIQUESE
a la Federación y Colegio de Abogados de la Provincia, Asociación de Magistrados y dese la más amplia difusión periodística. Con lo que
terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia de la
Directora General del Área de Administración a cargo de la Administración General, Cra. Beatriz María ROLAND de MUÑOZ.
DRA. AIDA L. TARDITTI DR. DOMINGO JUAN SESIN
VOCAL PRESIDENTE
DR. SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCAL VOCAL
DRA. MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI
VOCAL
CRA. BEATRIZ M. ROLAND DE MUÑOZ
DIRECTORA GENERAL AREA DE ADMINISTRACIÓN
A CARGO DE LA ADMINISTRACION GENERAL
S.A.C MULTIFUERO
TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIALIDAD
Resolución N° 158
Córdoba, 26 de Marzo de 2015.-
EXPEDIENTE N° 0045-031159/61.-
VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva
para su aprobación las Actas de Asamblea General Ordinaria N°
47 y N° 56, de fechas 17 de Diciembre de 2013 y 02 de Diciembre
de 2010 respectivamente, correspondientes al Consorcio Caminero
N° 232, Monte Ralo, referida a la renovación total de los miembros
de Comisión Directiva, Comisión Revisora de Cuentas y
aprobación de su Estatuto, en cumplimiento de lo dispuesto por la
Ley N° 6233.
Y CONSIDERANDO:
Que de las Actas acompañadas en autos e informe del
Departamento I Conservación Caminos de Tierra, surge que el
referido Consorcio Caminero ha procedido a la renovación total
de sus autoridades y aprobación de su estatuto ad referéndum
de esta Dirección.
Que la Municipalidad de Monte Ralo, mediante Decreto N° 21/
2013 designa como representante necesario al Señor Héctor
Ramón Nardi, D.N.I. 13.865.736, para ocupar el cargo de 4°
Vocal en el Consorcio de que se trata.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica, mediante Dictamen
N° 137/15, expresa que con relación a la renovación de
autoridades, las mismas comenzarán a regir excepcionalmente
partir de la fecha de realización de la Asamblea General Ordi-
naria, esto es, a partir del 17/12/2013, a efectos de no entorpecer
el normal desarrollo institucional del Consorcio.
Que concluye señalando el citado Departamento Jurídico que
no tiene objeción jurídico formal que formular, por lo que de así
estimarlo esa Superioridad puede prestar aprobación a la
documentación elevada y designación de autoridades
enumeradas por el Departamento Conservación Caminos de
Tierra, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 8555
Art. 3 inc. e), en concordancia con lo dispuesto por las Leyes N°
6233 y 8030.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por
el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por
la Ley N° 8555 y las previsiones de la Ley N° 6233;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1°.- Aprobar el Acta N° 47, correspondiente a la
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