Resolucion Nº 1571

Fecha de disposición06 Enero 2018
Fecha de publicación06 Junio 2018
SecciónVII- AVISOS OFICIALES

RESOLUCION Nº 1571

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

18 MAY 2018

VISTO:

El Expte. Nº 15201-0186745-8 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 104244 (fs. 37) manifiesta que los presentes actuados se iniciaron por la Unidad Ejecutora - Ley N° 12.953 con las resultas del relevamiento general llevado a cabo en el Plan N° 0362 de la localidad de Santo Tome - Dpto. La Capital, con la finalidad de la escrituración de las unidades;

Que según surge de los formularios utilizados y de los estados de las cuentas respectivas, las unidades se encuentran habitadas por terceros que las adquirieron por cesión o compra de las llaves registrándose para todos los casos abultadas deudas;

Que en consecuencia, habiendo dejado las constancias del desglose de antecedentes para otros expedientes ya en trámite, corresponde desadjudicar aquí 6 unidades según se detallan en el listado de fs. 03;

Que al estar habitadas por terceros que compraron las llaves y teniendo en cuenta las deudas, se considera que se ha configurado el “abandono” por parte de sus titulares, por lo que puede obviarse la intimación previa y proceder al dictado de la resolución que desadjudique y rescinda los boletos por aplicación de los Artículos 29 y 37 inc. d) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas concordantes del boleto, autorizándose a llevar a cabo el lanzamiento por el procedimiento de ley. Se notificará a los domicilios contractuales y por edictos y se aguardarán los plazos, recomendando a Mesa de Entradas y Salidas del Organismo que, de interponerse recursos contra la desadjudicación, deberá iniciar expedientes individuales pues este continuará para la cobertura de las vacantes y posterior escrituración;

Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.

de la Ley 6690;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

VIVIENDA Y URBANISMO

Resuelve:

ARTICULO 1º

Desadjudicar las Unidades Habitacionales pertenecientes al PLAN Nº 0362 - 72 VIVIENDAS - SANTO TOME - (Dpto. La Capital) que a continuación se detallan:

  1. - CONS. A -02 - 04 - (2D) - Nº DE CUENTA 0362-0012-6 - PLAN Nº 0362 - 72 VIVIENDAS - SANTO TOME - (DPTO. LA CAPITAL), a los señores CONDADO, EDUARDO ALEJANDRO (D.N.I. Nº 23.405.234) y BARRETO, VERÓNICA GUADALUPE (D.N.I. N° 25.116.049), por aplicación de los Artículos 29 y 37 inc. d) del...

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