Resolución N° 157-AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 5 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.º 157/AGC/18
Buenos Aires, 22 de febrero de 2018
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/97 (texto consolidado por la Ley
N° 5.666), el Expediente N° 2059716/2012, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente citado en el visto tramitó la solicitud de habilitación iniciada por
el Sr. José Luis Vedoya, respecto del local sito en la calle Álvarez Jonte N° 4600,
sótano y Planta Baja, Unidad Funcional N° 1 de esta ciudad, para desarrollar el rubro:
Comercio Minorista: Casa de Lunch (602010); Café Bar (602020); Parrilla (602060);
Que mediante el Informe de Rubros Rechazados y Motivos, la Dirección General
Habilitaciones y Permisos rechazó la referida solicitud por no haberse cumplido las
observaciones oportunamente efectuadas en los términos del Artículo 9° del Decreto
N° 93-GCBA/06;
Que por Presentación Agregar N° 1, el administrado interpuso recurso de
reconsideración y adjunto documentación;
Que a través de la Disposición N° 6597-DGHP/17, la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos desestimó el recurso de reconsideración incoado por no
haberse subsanado los motivos que dieron origen al rechazo de la solicitud,
manteniendo el rechazo de la solicitud de habiltiación;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico que opera en
subsidio del de Reconsideración oportunamente interpuesto, en los términos previstos
por el artículo 111° y siguientes del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-
GCBA/97;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115° de la Ley de
Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-
2017- 20237988-DGAINST opinando que no "habiéndose incorporado nuevos
elementos que ameriten rever el decisorio adoptado en estos actuados en lo que atañe
al rechazo del trámite de habilitación gestionado, el recurso jerárquico pendiente de
resolución debe ser desestimado sin más trámite (...)";
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 11° inciso e) de la Ley Nº
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Artículo 1°.- Desestímase el Recurso Jerárquico que opera en subsidio del Recurso de
Reconsideración interpuesto por el Sr. José Luis Vedoya contra el Informe de Rubros
Rechazados y Motivos mediante el que se rechazó la solicitud de habilitación del local
sito en la calle Alvarez Jonte N° 4600, sótano y Planta Baja, Unidad Funcional N° 1 de
esta ciudad.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5327 - 05/03/2018

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